El reto de la libertad de expresión en Chiapas

belisariodominguez_phixrHoy, de forma oficial y por vez primera, el 7 de Octubre de 2013 es el Día Estatal de la Libertad de Prensa y de Expresión en Chiapas.

Según el Decreto No. 332 publicado el miércoles 31 de julio del 2013 en el Periódico Oficial No. 045 en su 2a. Sección en las páginas 110 al 114 hoy queda oficialmente el día de como homenaje al médico, político y periodista comiteco, el Dr. Belisario Domínguez Palencia. Hoy, cuando justo se cumplen 100 años de su trágica muerte.

Pero no es un día para celebrar o festejar, hoy cuando muchos dirán discursos demagógicos, es un día para reflexionar también cuánto hemos avanzado en materia de libertad de expresión y cuanto camino nos falta por recorrer.

Visto la libertad de expresión no como un derecho exclusivo de los medios y periodistas, sino como un derecho universal de todas las personas sin excepción.

Chiapas ha vivido situaciones críticas, espacios de censura y espacios donde la libertad de expresión se asoma como una luz en el firmamento.

Sólo tras la presión de algunos sectores sociales es que se han podido echar abajo leyes como la difamación y la calumnia, figuras jurídicas que sólo servían como herramientas para amenazar o intimidar a los medios y periodistas.

La libertad de expresión es un derecho de todos los ciudadanos, pero es en los medios y los periodistas donde se hace más visible pues hemos hecho del este derecho como una forma de vida diaria para informarnos e informar a la sociedad.

Y aunque hay pendientes, es menester reseñar algunos de ellos que antes lo hemos dilucidado en el Colegio de Comunicadores y Periodistas de Chiapas (Ccopech):

En agosto del 2007, Juan Sabines Guerrero creó a la “Ley de Derechos para el Ejercicio del Periodismo en el Estado de Chiapas” para pretender congraciarse con los medios y los periodistas de Chiapas, lo cierto es que esa una ley que nació muerta. Pues nadie la conoció, nadie la promocionó y por ende nadie la respeta ni exige que se respete.

Sin una reglamentación, su ejecución es imposible, por lo que actualmente es letra muerta. Es necesario, que de manera conjunta (medios, sociedad y gobierno), construyan esta reglamentación en la que se establezcan los mecanismos que se deben cumplir para hacerla valer. Se deben definir las dependencias involucradas, el organismo que será garante de esta Ley, y las sanciones para quienes la incumplan.

Con sus 23 artículos en los que aborda temas tan importantes como la cláusula de conciencia y el secreto profesional del periodista, queda expuesto que nomás fueron manoseados pero nunca concretados.

Aunque a finales del 2006, el entonces gobernador Pablo Salazar dejó a Ley que Garantiza la Transparencia y Acceso a la Información Pública en Chiapas, fue con Sabines Guerrero que se empezó a instrumentar.

Sin embargo, la Ley como se encuentra actualmente, no garantiza a plenitud el derecho a la información. Si bien, tiene elementos que ayudan a hace valer el derecho, también tiene artículos que contraponen el interés de la ciudadanía a obtener información, por lo que creemos necesaria una revisión.

Aún cuando la Ley de Derechos para el Ejercicio del Periodismo en el Estado de Chiapas abordar el del tema del secreto profesional del periodista en sus articulados del 5º al 8º es importante  definir las normas que aseguren el secreto de las fuentes de información de quienes ejercen la libertad de información profesionalmente, como un instrumento que coadyuve a garantizar, de acuerdo a los estándares internacionales, el derecho en materia de la libertad de expresión y comunicación .

En Chiapas es menester una Ley de Medios Públicos de Comunicación.  Existe convergencia en el marco del derecho en cuanto a que las estaciones trasmisoras administradas con recursos públicos deberán transformarse en lo que su propia denominación lo indica: en emisoras de servicio público, auditables y sujetas a rendición de cuentas, protegidas por una legislación que les garantice estar libres de interferencia ya sea particular, política o económica.

Por, es importante la reglamentación a través de una Ley, que también garantice la independencia editorial de las trasmisoras de servicio público, y el que los ciudadanos tengan participación en las transmisiones y contenidos, a fin de que el auditorio reciba información completa, imparcial y políticamente plural.

Una herramienta mucho más importante en Chiapas es la urgente necesita de una marco jurídico para la Regulación y Control en la Asignación de Publicidad Gubernamental para medios electrónicos, impresos y digitales.

Es imprescindible abrir el dabate para normar los dos rasgos distintivos que modulan los fines y límites de la publicidad estatal: por un lado, el fomento de la corresponsabilidad social y, por el otro, la transparencia como principio democrático y de actuación del gobierno.

Estas herramientas jurídicas por sí solas no van a garantizar libertad de expresión, la libertad de prensa, el acceso a la información y el derecho a saber. También se necesitan políticas públicas eficientes, y el trabajo conjunto del Estado, medios, profesionistas de la comunicación y el periodismo, y sociedad.

 En fin, los retos por avanzar son muchos aún. La libertad de expresión es un proceso todavía por conquistar cada día.

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  1. El reto de la libertad de expresión en Chiapas | Libertad de Expresión CIMAC - 10 octubre, 2013

    […] Publicado el 7 de octubre de 2013 en Chiapas Paralelo. […]

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