Colectivo de mujeres exige al Tribunal Superior de Oaxaca paridad de género; tiene 21 hombres y solo 7 mujeres en magistraturas

Colectivo de mujeres exige al Tribunal Superior de Oaxaca paridad de género; tiene 21 hombres y solo 7 mujeres en magistraturas

Advierten que se mantendremos atentas y vigilantes del actuar jurisdiccional de los tribunales federales. Al gobernador piden reconsidere nombramientos en litigio.

#AlianzadeMedios | Por Pedro Matías de Página 3

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).- El Colectivo por la Ciudadanía de las Mujeres celebró el actuar jurisdiccional del Juzgado Décimo Primero de Distrito en el estado de Oaxaca, por conceder la suspensión provisional a la jueza Erika María Rodríguez Rodríguez, y suspender las funciones de los magistrados Abraham Isaac Soriano Reyes y Moisés Molina Reyes, recientemente impuestos por el gobernador Alejandro Murat Hinojosa.

Al tiempo que exigieron que se garantice la paridad en el Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca en el nombramiento de magistraturas, toda vez que dicho órgano de justicia está conformado por 28 magistraturas, de las cuales 21 son hombres y solo 7 mujeres, entonces, evidentemente no es paritario.

Considera que “no podemos seguir postergando el derecho de las mujeres a la participación paritaria en órganos autónomos y el Tribunal de Justicia de Oaxaca es un claro ejemplo de incumplimiento a la paridad numérica y sustantiva al encontrarse integrado por 21 magistrados y solo 7 magistradas.

Fue el pasado 4 de mayo de 2021 cuando el gobernador Murat Hinojosa nombró magistrados a Abraham Isaac Soriano Reyes y Moisés Molina Reyes, luego que el Congreso local citó a sesión extraordinaria después de vencido el plazo constitucional y dio al mandatario estatal la facultad de imponer a sus incondicionales.

Por esta razón, se interpusieron cuatro amparos, entre ellos, el 591/2021 promovido por la jueza Erika María Rodríguez Rodríguez y por el cual el Juzgado XI de Distrito en Oaxaca decretó la suspensión provisional por lo que el Tribunal Superior de Justicia debió separar a los magistrados Abraham Isaac Soriano Reyes y Moisés Molina Reyes, recientemente impuestos por el gobernador Alejandro Murat Hinojosa.

En respuesta, el consejero jurídico del gobierno de Oaxaca, Octavio Tinajero Zenil, presentó un recurso de queja en contra de la suspensión temporal de las funciones de los magistrados impugnados mediante un juicio de amparo que concedió el Juzgado XI de Distrito por violación grave al principio constitucional de paridad de género.

Mientras que, desde el Congreso local, el diputado César Enrique Morales Niño exhortó al gobernador Alejandro Murat Hinojosa, para que dentro de sus facultades, revise el nombramiento de los magistrados Moisés Molina Reyes y Abraham Soriano Reyes y, en su caso, determine dejarlos sin efecto por violación grave al principio constitucional de paridad en todo.

El Colectivo conformado por 15 organizaciones manifestaron que “tomando en cuenta que el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca es el órgano máximo de justicia en la entidad, consideramos necesaria la paridad entre sus magistraturas. Necesitamos más mujeres en la administración de justicia que hagan realidad el acceso a la justicia de las mujeres desde un enfoque de género”.

Recordaron a las autoridades jurisdiccionales que, pese a que la Constitución estatal no ha sido actualizada y armonizada por las y los legisladores locales respecto al artículo 41 de la Constitución Mexicana que obliga a reformar en materia de paridad en el Poder Judicial, el Estado Mexicano se ha comprometido a cumplir una serie de recomendaciones internacionales en materia de igualdad de género y derechos de las mujeres, tal como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW) que implica una obligación irrenunciable.

Mencionaron que en julio de 2018 el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer realizó observaciones y recomendaciones al Estado Mexicano, expresando su gran preocupación por “la escasa aplicación de medidas especiales de carácter temporal para acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre las mujeres y los hombres en todos los ámbitos que abarca la Convención”.

Y recomendó a México que refuerce el uso de medidas especiales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Convención y en su recomendación general 25, como estrategia necesaria para acelerar el logro de la igualdad sustantiva en todos los ámbitos de la Convención en los que las mujeres tienen una representación insuficiente o se encuentran en situación de desventaja.

Advirtieron que “la sociedad, en especial, las organizaciones de la sociedad civil y las mujeres, nos mantendremos atentas y vigilantes del actuar jurisdiccional de los tribunales federales y confiamos en que sean garantes de los principios constitucionales como lo son; el principio pro persona y la paridad de género, hacemos votos porque la resolución en este caso nos lleve a sentar un precedente para la composición igualitaria en los poderes públicos y órganos autónomos”.

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