Reprueban al IAIP en materia de transparencia

Consejeros del IAIP en Chiapas. Foto: Archivo

Consejeros del IAIP en Chiapas. Foto: Archivo

 

El Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública en Chiapas (IAIP), responsable de garantizar la transparencia en el estado, fue reprobado por su opacidad, se dio a conocer en un informe elaborado por el organismo internacional Artículo 19, y el movimiento México Infórmate. Lo ubican en el lugar número 19 de los 32 organismos en todo el país.

Al dar a conocer el Índice Nacional de los Órganos Garantes del Derecho de Acceso a la Información (INOGDAI), que evalúa a las instituciones que deberían garantizar la transparencia en los 31 estados de la República y el Distrito Federal, ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica, y México Infórmate, revelaron que el promedio nacional de desempeño es de 53.6 respecto a 100. En caso de tener la calificación de 100 significaría la máxima garantía del derecho.

Pero el estado de Chiapas sólo obtuvo el 53.2 por ciento de calificación, muy lejos de los estados mejor evaluados, como Puebla,  que obtuvo el más alto en la medición con 70.2 por ciento. Tlaxcala con el 66.5; el Distrito Federal con el 66.1; Durango con el 63.3; Chihuahua con el 62.2 y Nuevo León con el 60.9.

Aunque claro, los peor evaluados son San Luis Potosí con 20.1, le siguen el Estado de México con 39.2, Baja California Sur con 40.9, Sinaloa 46, y Nayarit y Guanajuato con un empate de 46.6.

El promedio nacional general fue de 53.6 por ciento, .3 por ciento más que los que obtuvo Chiapas.

El INOGDAI utilizó información oficial solicitada durante siete meses, misma que fue analizada y sistematizada por más de un año. Se consideraron tres categorías, que representan las funciones principales de los órganos garantes para la protección del derecho: Transparencia y Rendición de Cuentas de los Órganos Garantes, Promoción del derecho de acceso a la información y Resolución de controversias.

En el caso Chiapas, los evaluadores señalaron que en cuanto a la transparencia y rendición de cuentas, el órgano garante refiere no contar con un sistema de archivos, y cada área sistematiza su información. Que no envío información sobre las acciones realizadas para atender las observaciones de las auditorías realizadas durante 2011 y 2012, ni del  presupuesto ejercido per cápita para los años de 2010, 2011, y 2012. En esta área se sitúa por debajo del promedio nacional.

En cuanto a la promoción del derecho a la información, el estudio determina que el número de capacitaciones dirigidas a los sujetos obligados en 2012 se sitúa por debajo de la media nacional. En este apartado, señalan que el número de capacitaciones dirigidas a los sujetos obligados señalada para 2013 se sitúa por arriba de la media nacional, y queel órgano garante señaló que coordina programas educativos e implementó proyectos para promover el derecho de acceso a la información entre grupos en situación de vulnerabilidad.

En cuanto a  la resolución de controversias, el órgano garante no emitió criterios para la resolución de controversias, y a los mismos no se da acceso vía remota. La proporción de revocaciones en relación con los recursos de revisión para el año 2011 se sitúa por debajo de la media nacional yq que para el 2012, la proporción de revocaciones sobre el número de recursos de revisión interpuestos se sitúa por encima de la media nacional.

Dice el informe que en el IAIP de Chiapas hay una falla más, porque “la calidad de la información se verifica que la información enviada corresponde a lo que se ordenó en la resolución del recurso de revisión, o en su caso exista una causa debidamente justificada por la cual no es posible dar cumplimiento a la resolución del recurso de revisión. Esto último es bajo responsabilidad del sujeto obligado

Sólo se le reconoce como “buenas prácticas” al IAIP el hecho de que cuente con una página de notificación por estrados, la cual es muy útil para dar seguimiento a la sustenciación del recurso.

Y como “malas prácticas” existe una clara malinterpretación de la declaratoria de inexistencia de la información.

“Las respuestas del Instituto no se encuentran fundamentadas en ninguna norma. Se clasifica la información sobre el currículo de sus titulares por considerarse información confidencial. No cuenta con información estadística (antes se emitía un boletín de información estadística pero no se encuentra actualizada a 2012 y 2013) sobre sus recursos de revisión por lo que para dar atención a esta solicitud remite a la lectura de cada uno de los recursos de revisión resueltos desde el 2011 hasta la fecha”, dice el documento.

Tanto ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica como México Infórmate resaltaron que el INOGDAI busca promover que los órganos de transparencia cumplan a plenitud su labor, pues juegan un papel fundamental para garantizar el derecho de acceso a la información.

Cabe destacar que los datos obtenidos se ordenaron y analizaron en la plataforma INDABA -herramienta utilizada por organizaciones de la sociedad civil a nivel nacional e internacional para la recolección y sistematización de datos-, y se encuentran disponibles en la página www.inogdai.org

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