Pese a ser la elección más violenta, Sala Xalapa afirma triunfo de Mover a Chiapas en Santiago El Pinar

Santiago El Pinar – Abenamar López

A la espera de lo que dicte la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en Santiago el Pinar, el municipio con mayor número de irregularidades electorales registradas el primero de julio, sufre actualmente una controversia para la validación de sus elecciones.

El día de la jornada electoral, representantes de partidos políticos denunciaron que desde las primeras horas del primero de julio, los y las habitantes de Santiago el Pinar estaban siendo obligados a votar por el candidato del partido Podemos Mover a Chiapas, Sebastián Gómez Gómez, quien es familiar político de la actual alcaldesa, Juana López Santis.

Se registraron 15 heridos, además de que un grupo de simpatizantes del partido morado, se apropiaron de casillas y material electoral. La jornada fue suspendida por algunas horas.

Al día siguiente, todos y todas las representantes de los partidos políticos con presencia en Chiapas –a excepción del partido morado-, presentaron juicios de nulidad ante el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC).

El 4 de julio, inició la sesión de cómputo de la elección municipal, en la cual el consejo municipal declaró la validez de la elección a favor de Gómez Gómez. No obstante, fue hasta el 24 de agosto, que el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), resolvió los juicios de nulidad identificados con el expediente TEECH/JNE-M/001/2018, en la que confirmó la nulidad de la elección para integrar el Ayuntamiento Municipal.

El TEECH argumentó que se violó el artículo 42, numeral 2, fracción III del Código de la materia, al señalar que en la emisión del voto se generaron actos de presión o coacción hacia los electores. Agregan “si el acto jurídico consistente en el ejercicio del derecho al voto, no se llevó de manera libro, no puede merecer efectos jurídicos”.

Además, informaron que las elecciones no reunieron las condiciones de sufragio libre, pues durante la jornada electoral y el periodo de reflexión (veda electoral), concurrieron intimidaciones, presiones, amenazas y violencia.

El Tribunal finalizó al revelar que en la votación, Gómez Gómez recibió 1617 votos frente a los 31 que acumuló el segundo puesto, lo que para ellos presume “existieron actos de violencia”.

El 28 de agosto, el partido Podemos Mover a Chiapas promovió juicio de revisión constitucional ante la Sala Regional Xalapa, para revocar la resolución emitida por el TEECH y declarar validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el partido. La respuesta de la Sala Regional Xalapa, fue afirmativa al revocar la resolución del TEECH para declarar la nulidad de la elección de integrantes del Ayuntamiento de Santiago El Pinar.

Ante el análisis de las pruebas aportadas, consistentes en fotografías y videograbaciones hechas por el Tribunal Local, la Sala Regional dijo que no se puede acreditar que dichos actos hayan coaccionado la libertad de la ciudadanía para emitir su voto, ni que esta fuera determinante para su resultado.

Los magistrados federales determinaron confirmar la elección y ordenaron otorgar la constancia de mayoría y validez a favor de la planilla postulada por el partido Podemos Mover a Chiapas.

No obstante, el caso pasará a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para su dictamen final.

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