CIDH ordena poner fin a los ataques que viven indígenas en Aldama

Aldama, Chiapas; marzo de 2018. Vista de las montañas que forman el límite natural entre el municipio de Aldama y Chenalhó, en los Altos de Chiapas. Cortesía: Carlos Ogaz.

Desde Washington, este martes la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al gobierno de México implementar medidas cautelares a favor de las familias indígenas de 12 comunidades de Aldama, que viven bajo fuego por grupos civiles armados que operan en San Martha, Chenalhó.

Este día la CIDH dio a conocer la Resolución 35/2021 dictado el pasado viernes 23 de abril en el seno de ese organismo internacional de la Organización Estados Americanos (OEA), resolución que exige al gobierno de nuestro país a poner fin al continuo acoso y ataques que viven poblaciones civiles indígenas tsotsiles de Aldama.  

Las medidas cautelares son a favor de las familias indígenas tsotsiles que viven en las siguientes doce comunidades: Coco´, Tabac, Xuxch´en, San Pedro Cotzilnam, Chayomte, Juxtón, Tselejpotobtic, Yetón, Chivit,  Sepelton, Yoctontik y Cabecera Aldama que viven en el Municipio de Aldama.

Desde el 2018, estas 12 comunidades han sufrido varias muertes y personas heridas con consecuencias permanentes por disparos de grupos civiles armados que operan desde el Sector de Santa Martha, municipio de Chenalhó, municipio vecino de Aldama.

En una misiva oficial, la Comisión consideró que la situación reúne “prima facie” los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 del Reglamento de la CIDH.

La solicitud interpuesta por organismos como el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT) alegó que las familias indígenas en las comunidades de Aldama se encuentran “en una situación de riesgo producto de agresiones, hostigamientos y amenazas por la presencia de personas armadas en la zona, lo que habría causado desplazamiento de las mismas en diversos momentos, en el contexto de un conflicto territorial en la zona”.

Ante ello, la CIDH valoró las acciones adoptadas por el Estado para atender la situación alegada; “sin embargo, tras el monitoreo del asunto, advirtió que las agresiones armadas siguieron presentándose, incluso pese a contarse con un Acuerdo de No Agresión; así también las consideraciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos quienes, en diversas oportunidades, exhortaron al Estado a garantizar los derechos de los habitantes de la zona”.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó al gobierno de México que “adopte las medidas de seguridad necesarias, y culturalmente pertinentes, para proteger la vida e integridad personal de las familias beneficiarias; específicamente, para garantizar la seguridad al interior de sus comunidades, y durante sus desplazamientos, con miras a prevenir amenazas, hostigamientos, intimidaciones o actos de violencia armada por parte de terceros”.

De igual forma exigió al gobierno de Andrés Manuel López Obrador “que concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; y informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así prevenir su repetición”.

Explicó que el otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen un prejuzgamiento a una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.

La CIDH recordó que es un órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Y que la Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia.

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