Elecciones 2018, retos y desafíos.

Por Daniel Aguilar Ochoa

El 1 de julio de 2018, en todas las entidades federativas de México, elegiremos al próximo Presidente de la República, Senadores y Diputados Federales, 8 Gobernadores, 1 Jefe de Gobierno y 3216 cargos públicos.

En Chiapas se renovará al Titular del Poder Ejecutivo, a la totalidad del Congreso local, así como a los Miembros de 121 Ayuntamientos, en virtud que el municipio Belisario Domínguez, no celebrará comicios, ante la Controversia Constitucional que aún se encuentra sub judice ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el conflicto de límites territoriales entre Oaxaca y Chiapas, sin considerar los dos municipios de reciente creación.

Recién iniciado el proceso electoral federal y por iniciar el proceso comicial local, las descalificaciones a los órganos electorales, no se han hecho esperar, al Instituto Nacional Electoral (INE), como autoridad rectora en la materia, le toca cargar con la responsabilidad no sólo de las elecciones federales, sino también de los procesos electorales locales, derivado de la reforma electoral de 2014, con la cual se creó una autoridad electoral nacional con atribuciones especiales a ejercer sobre los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE).

Garantizar el principio constitucional de equidad en la contienda, no es sólo tarea del INE, sino es una responsabilidad compartida con los OPLES, como con las autoridades jurisdiccionales, en calidad de órganos revisores de la actuación de los primeros. No debemos olvidar que la reforma constitucional en materia política de 2007, cambió el modelo de comunicación política, al prohibir la compra de cobertura informativa en radio y televisión, pues, se dice que antes de dicha reforma, 7 de cada 10 pesos de financiamiento público para campañas electorales, iban a parar a las arcas de los propietarios del duopolio televisivo; por ello, se determinó garantizar el acceso a las prerrogativas de los partidos políticos y candidatos, en lo tocante a cobertura informativa en radio y televisión, únicamente bajo los tiempos del Estado.

Ello generó que servidores públicos aspirantes a cargos de elección popular, encontraran en la figura de los informes de labores, una justificada forma de difusión de propaganda gubernamental, así como de la compra de cobertura informativa al amparo de esta figura.

Por su parte, las autoridades electorales han señalado que los informes de labores trasgreden el principio de equidad en la contienda, cuando no se apegan a los límites establecidos para su difusión, es decir, que se constriñan a una vez al año y que no incluyan nombres e imágenes, en la difusión que al efecto se realice siete días antes y cinco después de la fecha en que tenga verificativo.

No hay que olvidar que tras la reforma constitucional en materia política de 2007, el artículo 134 ordena la emisión de leyes reglamentarias que regulen las modalidades de la comunicación social gubernamental, bajo el principio general de que la propaganda que se difunda con motivo del ejercicio gubernamental, deberá tener necesariamente un carácter institucional; es decir, abstenerse de difundir de manera deliberada logros personalizados de servidor público alguno o cualquier otra forma de promoción personalizada.

De hecho, en aquella reforma política se determinó un plazo estricto de tan solo 30 días para que el Congreso de la Unión realizara las adecuaciones necesarias, según se aprecia en el Artículo Tercero Transitorio del decreto. Ante esa omisión y tras una década que el Congreso de la Unión, no ha expedido la Ley General de Propaganda Gubernamental, el INE emitió los lineamientos para garantizar la equidad entre los participantes en la contienda electoral”, conocido como lineamientos de “cancha pareja”, los cuales fueron revocados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al considerar que el INE transgredió el principio de reserva de ley, invadiendo el ámbito constitucional de competencia del Congreso de la Unión y no encontrar sustento para ejercer la facultad de atracción.

Así llegamos al 2018, el INE con la tarea titánica de organizar, preparar, desarrollar y calificar el proceso electoral, con grandes retos y desafíos; entre ellos, ejercer facultades sobre los OPLES, a la par de organizar una elección Presidencial, será uno de sus principales retos, aunado a la tarea de fiscalizar los ingresos y egresos de las elecciones federales y locales, tanto de partidos políticos como de Candidatos Independientes, la cual, ahora como facultad exclusiva del INE, multiplicará la cuantía de informes que deberá revisar el Instituto, pues según datos del propio INE, en el Proceso Electoral de 2012, el Instituto Federal Electoral, revisó cerca de seis mil informes y en las elecciones de 2015, fueron más de 35 mil,[1] lo que nos permite imaginar la loable tarea que habrá de asumir en 2018.

Finalmente, ante la adversa situación que atraviesa nuestro país, en días recientes surgieron protagonismos políticos que apuestan por reducir o de plano eliminar el financiamiento público para las campañas electorales, lo cierto es que se trata del abanderamiento de causas que pretenden incidir en el ánimo del electorado ante la tragedia ocurrida en nuestro país, pues es de explorado derecho que una vez iniciado un proceso electoral, no se pueden realizar reformas electorales aplicables al proceso comicial en curso, como a nivel federal ocurre, sin embargo en Chiapas, aun cuando está por iniciar el proceso comicial, la Constitución establece un límite al Legislativo para realizar modificaciones en materia electoral de por lo menos noventa días previo al inicio del proceso electoral, cuyo plazo se encuentra rebasado en el ámbito local, lo que generaría un revés de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

[1] http://portalanterior.ine.mx/archivos2/portal/PartidosPoliticos/Fiscalizacion_y_rendicion_de_cuentas/ABCfiscalizacion.html Visto el 06 de septiembre de 2017.

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