Protección de Datos Personales… «Seguridad»
Por Eliseo Marín
El 5 de julio nace la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares.
A 11 años de la Ley Federal de Protección de datos Personales en Posesión de Particulares, la cual da origen a un esquema de seguridad en el cual todos los ciudadanos tenemos como derecho humano y primordial, elevado a rango constitucional, sobre el cuidado que las empresas sean personas físicas y morales, sin importar su tamaño, actividad o giro, deben de tener para el tratamiento correcto de todos y cada uno de nuestros datos personales, los cuales obran en su poder desde el momento de contratar, comprar o adquirir cualquier tipo de servicio o en su caso con el simple hecho de visitar la empresa ya sea físicamente o electrónicamente.
Tiempo por demás suficiente para que al día de hoy, todas las pequeñas o grandes empresas, ya deberían de contar con verdaderos esquemas de seguridad y procedimientos perfectamente establecidos para evitar una vulneración y un mal uso de los datos personales de sus clientes y empleados; ya que solo basta con entrar o solicitar a cualquier empresa un servicio, para darnos cuenta de la carencia de estos mecanismos, poniendo en riesgo nuestros datos personales.
Empresas importantes desde la más grande hasta el comercio (Pyme) más pequeño, recaban por lo menos 4 datos personales muy importantes como son: nombre, teléfono, domicilio y correo electrónico, ya no se digan de empresas que cuentan con cámaras de seguridad, empleados, equipos de cómputo, teléfonos celulares, RFC, datos de salud, etc. Quienes deberían de contar con medidas importantes para el cuidado de los datos personales de empleados y clientes.
Hoy la gran mayoría de las empresas carecen de una cultura de responsabilidad y de cumplimiento a la LFPDPPP, ya que estas recurren a copiar y pegar un Aviso de Privacidad de otra empresa según “similar” a la propia, sin tomar en cuenta las diferencias internas que entre ellas existen. Estas creen que con el simple hecho de tener en exhibición el Aviso de Privacidad como lo manda la Ley, con ese simple hecho, ya cumplieron… Están muy equivocados.
Atrás de un Aviso de Privacidad debe de existir un análisis completo de seguridad de datos personales, elaborando un cuestionario para verificar cuales y cuantos son los datos personales que recaba la empresa, así como una inspección ocular de las diferentes áreas, para determinar los diferentes mecanismos, procedimientos y candados jurídicos que se deben de implementar en la empresa, para elevar el grado de seguridad y dar un cabal cumplimiento a la LFPDPPP, para que en caso necesario cuando la empresa sea requerida por parte de la autoridad federal (INAI) estas puedan demostrar documentalmente todos y cada una de las medidas de seguridad implementadas en el interior de la empresa. Así como contar con los procedimientos exactos para dar respuesta a cualquier persona sobre el ejercicio de sus derechos ARCO, evitando con ello, posibles requerimientos y sanciones por parte de la autoridad federal (INAI).
Recuerden los Avisos de Privacidad, pueden ser físicos, electrónicos o sonoros y su finalidad es simplemente informar sobre qué datos le son requeridos, para que serán utilizados, como serán protegidos, quien es el responsable, como ejercer los derechos ARCO y cambios en el mismo. Pero lo más importante es contar con todas las medidas, mecanismos y procedimientos de seguridad, para garantizar el verdadero cuidado de los datos personales.
Cumplir con esta Ley es sinónimo de confianza y de garantía para todos los clientes y empleados de las empresas, garantizando una responsabilidad absoluta en el cuidado y uso de sus datos personales.
Ser una empresa responsable es sinónimo de calidad… Cumple con la Ley y protege los datos personales, recuerda tú también eres cliente de otras empresa y tus datos pueden estar en riesgo.
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