En sesión urgente llevada a cabo este martes 4 de marzo, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó la procedencia del escrito de manifestación de intención, presentados por ocho organizaciones ciudadanas, a fin de que continúen con los actos previos a la solicitud de registro como partido político local, con base en el dictamen presentado por la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas.
Al respecto, la consejera electoral y presidenta de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, Teresa de Jesús Alfonso Medina, explicó que, de acuerdo a lo establecido tanto en la Ley General de Partidos Políticos, como en el Reglamento para el registro de Partidos Políticos Locales en el Estado, las organizaciones ciudadanas Tuxtla con Trabajo Fuerza y Corazón A.C.; Foro Político Plural Chiapaneco A.C.; Movimiento Humanista de Chiapas A.C.; Asociación por la Esperanza Social A.C.; Movimiento de Esperanza y Humanismo de Chiapas A.C.; Fuerza Chiapaneca 4T A.C.; Fundación Somos Chiapas A.C.; y Demócrata de Chiapas A.C. cumplieron con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable, para que puedan continuar con los actos previos a la solicitud de registro como Partidos Políticos Locales en el Estado.
Añadió que la aprobación de dicha procedencia reviste trascendental importancia, ya que salvaguarda el derecho de asociación, contemplado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas. “Durante este proceso, el IEPC se ha apegado a la normatividad electoral, siendo vital para esta autoridad, el respeto a la igualdad jurídica”.
Informó que cuatro de las organizaciones optaron por la realización de asambleas municipales, por lo que cada una deberá llevar a cabo 83 asambleas con quórum; mientras que las otras cuatro optaron por realizar asambleas distritales, de las cuales, en al menos 16 distritos electorales locales deberán contar con quórum para cumplir con el requisito de la celebración de asambleas, en al menos dos terceras partes de los distritos y municipios.
Aunado a lo anterior, cada organización deberá contar con el apoyo en las asambleas con al menos 0.26% del padrón electoral de la entidad, equivalente a 10 mil 418 personas. Cabe precisar que, las organizaciones ciudadanas que continúan con el procedimiento, tendrán tres días hábiles para presentar el calendario de los días y sedes de las asambleas.
En sentido contrario, el Consejo General del IEPC declaró la improcedencia y desechamiento definitivo para continuar con los actos previos a la solicitud de registro como partido político local, en atención al incumplimiento de los requisitos reglamentarios y por consiguiente la no presentación del escrito de intención, de las siguientes organizaciones ciudadanas: Alternativa para Crecer A.C.”; «Organización Juvenil Humanízate por México A.C.”; “Senda Ciudadana”; “4ª Transformación Chiapas A. C.”; y “Valores Nuevos con Integridad por Chiapas A.C.”.
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