Exigen que la CEDH emita recomendación por caso de criminalización de mujer que sufrió un aborto espontáneo

Foto: www.lapatilla.com
Llegó al Hospital General Regional “Rafael Pascasio Gamboa” en Tuxtla Gutiérrez para recibir atención médica porque había sufrido un aborto espontáneo. El personal de salud de ese hospital no la atendió de manera inmediata lo que hizo fue levantar una denuncia por el delito de aborto.
Antes de ingresar al quirófano, 30 horas después de haber llegado al hospital, la paciente tuvo que soportar la intimidación de parte un ministerio público y del propio personal de salud quienes insistían que el aborto era provocado.
María es una mujer de 21 años de edad, originaria de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, madre de una niña de cuatro años de edad y un niño de dos años. Con secundaria trunca a partir de su primer embarazo, de religión católica y sin empleo. El pasado martes 29 de Septiembre del año 2015 tuvo un aborto espontáneo, ella desconocía estar embarazada, pues utilizaba el dispositivo intrauterino (DIU) que le fue colocado en su último parto por personal de salud del propio hospital regional en el mes de mayo del año 2014.
Cuando llegó al hospital a pedir atención médica lo que hizo el personal de salud fue levantar una denuncia por aborto. Fue hasta 30 horas después que recibió atención que requería.
Según lo que relató en el quirófano la obligaron a optar por un método anticonceptivo y firmar un documento donde ella “voluntariamente” solicitaba el DIU, como requisito para poder ser entendida y poder abandonar dicho nosocomio.
Al pasar la anestesia, María fue trasladada a un cuarto obscuro y frío y la colocaron frente a tres frascos iluminados con una luz roja que contenían embriones de diferentes etapas de gestación, una enfermera estuvo con ella aproximadamente una hora insistiendo en que debería de confesar que se había provocado un aborto.
Debido a la violación de sus derechos que se cometió por parte del personal de salud del estado y de la Procuraduría de General de Justicia del Estado (PGJE), la agraviada interpuso una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), que hasta ahora no se ha resuelto.
Ante la omisión del organismo de defensa de los derechos humanos activistas de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Ddsser) exigieron a la CEDH emitir las recomendaciones pertinentes por el caso para garantizar que no se sigan violentando los derechos de las mujeres que sufren abortos espontáneos.
El aborto espontaneo según la Organización Mundial de la Salud (OMS) se define como: La pérdida prematura de un feto de hasta 23 semanas de embarazo. En general, entre el 12 por ciento y el 15 por ciento de los embarazos clínicamente reconocidos culminan en un aborto espontáneo, y la frecuencia aumenta con el incremento de la edad materna, de manera que, según los datos 15 de cada 100 mujeres embarazadas tendrán un aborto espontaneo.
Las activistas condenaron la criminalización del estado hacía las mujeres muestra de ello es que la PGJE expone en su portal de internet que de enero 2010 a marzo 2016, se registraron 87 delitos por aborto sin que se sepa la condición jurídica de estas mujeres en la actualidad y si estos casos no responden a situaciones como las de María que fueron abortos espontáneos.
La reacción del Estado de criminalizar el aborto inhibe que las mujeres con aborto espontáneos acudan a los servicios de salud por temor de ser acusadas de un delito y con ello se pone en riesgo su vida. Chiapas ocupa el segundo lugar a nivel nacional en muerte materna.
Ddsser consideró que es urgente que en la entidad se legalicen las diferentes causales del aborto ya que el tema está relacionado con la igualdad social y las condiciones de género de las mujeres.

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