Sancionan a 42 empresas que venden productos caducos en pandemia; piden castigo de 6 años de cárcel

Sancionan a 42 empresas que venden productos caducos en pandemia; piden castigo de 6 años de cárcel

*Diputada Magaly López envió iniciativa para reforma a código penal. | *Se inhabilitaría a políticos que entreguen despensas caducas y se clausurará a empresas reincidentes.


#AlianzadeMedios | Por Pedro Matías de Página 3

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).- Por lo menos 42 establecimientos y empresas comerciales (Chedraui, Bodega Aurrerá y Soriana, entre otras) han sido sancionadas por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Por vender productos caducos durante el periodo de cuarentena por la Covid-19, por tal motivo la diputada Magaly López Domínguez envió una iniciativa de reforma al Código Penal de Oaxaca donde propone sancionar hasta con seis años de prisión esas practicas.

La iniciativa prevé además de diez meses a seis años de prisión y multa de novecientos a doce mil pesos por la venta, donación o regalo de productos caducados en la entidad, la inhabilitación, para ejercer un cargo público, cuando el acto lo cometa algún funcionario y clausura definitiva del establecimiento que cometa el acto, en los casos de reincidencia.

La legisladora de Morena, en su exposición de motivos, detalló que “hoy en día se siguen presentando casos de venta de alimentos con fechas de caducidad vencida en tiendas y supermercados, ya que ha trascendido a medios de comunicación que la delegación estatal de la Profeco encontró alimentos caducos e incluso en descomposición en tiendas Chedraui, Bodega Aurrerá y Soriana, entre otros”.

La iniciativa de reforma al Código Penal fue presentada al Congreso de Oaxaca y en ella se propone aumentar la sanción, si las conductas antes mencionadas se llevaran a cabo inmediatamente después de que las autoridades competentes, hayan emitido formalmente una declaratoria de emergencia, ya sea por desastre natural, sanitaria o cualquier otra índole.

La propuesta de Ley adiciona los artículos 91 Bis y 91 Ter del título Quinto denominado “Delitos Contra la Salud”, del Código Penal de Oaxaca.

El Artículo 91 Bis detalla que se aplicarán de diez meses a seis años de prisión y multa de novecientos a doce mil pesos, al que ofrezca al mercado, done o regale productos pre envasados, que han superado la fecha de caducidad que se indica en el etiquetado del producto, independientemente del producto que resulte.

En tanto, el Artículo 91 Ter establece que a propietarios y a encargados del establecimiento en que se vendan productos que han superado la fecha de caducidad se les impondrá la misma pena que señala en el artículo anterior, clausurándose el establecimiento de que se trata, en caso de reincidencia.

A los políticos que incurran en estas prácticas se les inhabilitará para tener otro cargo público.

Precisó que de 70 visitas de verificación realizadas por la Profeco, en 42 se acreditaron violaciones a la Ley. Esto es, en 60 por ciento de los casos.

“Como se ve, la venta de alimentos caducos no es una excepción de algunos malos empresarios, sino una práctica recurrente de comerciantes en los más altos niveles”, puntualizó Magaly López.

Y remató que: “las grandes empresas no tienen escrúpulos y privilegian siempre sus ganancias económicas, incluso por encima de la salud y la vida de las y consumidores, a quienes ponen en riesgo con la venta de estos productos”.

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