De 215 feminicidios en Puebla, solo 16 han alcanzado sentencias firmes

De 215 feminicidios en Puebla, solo 16 han alcanzado sentencias firmes

Desde que el delito de feminicidio fue tipificado en la entidad en 2013, hasta octubre de 2021 se han registrado oficialmente 215 CDI abiertas, de las cuales solo 7.4 por ciento tienen una sentencia firme: todos los demás casos siguen en el limbo de la impunidad

Por Aranzazú Ayala Martínez en Lado B

Desde que el delito de feminicidio en Puebla fue tipificado en 2013 y hasta el 6 de octubre de 2021, se han emitido 16 sentencias firmes por este ilícito, lo que significa apenas el 7.4 por ciento del total (215) de casos reconocidos por la Fiscalía General del Estado (FGE), de acuerdo con cifras del Poder Judicial del Estado de Puebla obtenidas mediante una solicitud de información hecha por LADO B.

Si bien esta cifra representa un pequeño avance en comparación con el mismo porcentaje reportado hasta enero del 2021, donde solo 5.7 por ciento de los feminicidios tenía una sentencia firme, sigue estando muy lejos de representar un acceso a la justicia efectivo.

Además, hay muchos casos en que el delito es reclasificado o el juicio se encuentra en proceso de apelación.

El lento acceso a la justicia tiene varias explicaciones; de acuerdo con especialistas entrevistadas previamente por LADO B como Yuteita Valeria Hoyos Ramos, integrante de la Red de Abogadas Feministas de Puebla, y Esmeralda Lexcieur, abogada de la familia de Tania Verónica Luna, quien fue asesinada el 28 de septiembre de 2016, un gran problema es la falta de capacitación a Ministerios Públicos y abogados y abogadas para poder acreditar las agravantes de género y comprobar así el feminicidio.

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Fiscalía y Tribunal, con pendientes en perspectiva de género 

Roberto Rosete, de la clínica jurídica del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría (Idhie) de la Ibero Puebla, dijo en entrevista que desde el punto de vista técnico hay más apelaciones en materia penal porque estos delitos, como todo tipo de homicidios, pueden apelarse hasta ocho años después de haberse emitido una sentencia condenatoria, de acuerdo con la Ley de Amparo, lo que podría explicar en parte el escaso número de sentencias firmes.

“También (las pocas sentencias) tiene que ver con la falta de voluntad para emitir sentencias y de perspectiva de género en el análisis de los hechos, la valoración de las pruebas, y del contexto en que se dio la violencia feminicida en estos casos”, dijo Rosete.

El académico agregó que en la mayoría de los casos no se está cumpliendo con el Protocolo Actualizado para la Investigación del Delito de Feminicidio para la investigación de muertes violentas de mujeres, niñas y adolescentes, publicado desde finales de 2019 y emitido por las autoridades judiciales de Puebla. Dicho manual sienta un precedente para investigar desde un inicio con perspectiva de género, pero las autoridades no tienen capacitaciones ni seguimiento para aplicar el mismo.

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Foto: Cortesía

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Esta lentitud y fallas en el acceso a la justicia por delitos de género ha sido señalada también por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla. En noviembre de 2021 la CDH emitió la recomendación 32/2021, dirigida a la FGE, donde puntualiza que se debe dar reparación integral del daño a víctimas indirectas, o sea, familiares de las víctimas, y para que se obtenga justicia pronta.

El documento insiste en la importancia de que se aplique el Protocolo Actualizado para la Investigación del Delito de Feminicidio para la investigación de muertes violentas de mujeres, niñas y adolescentes, el cual, de acuerdo con abogadas y familiares de víctimas de feminicidio, no se aplica correctamente y en ocasiones ni siquiera es utilizado, lo que hace que muchos casos ni siquiera se reconozcan como feminicidios, entre otras fallas.

Si bien la CDH no ha sido muy proactiva en cuanto al acompañamiento a víctimas, en la recomendación destaca que la FGE debe “considerar la tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece que toda muerte violenta de mujeres debe iniciarse como feminicidio”, esto porque muchas veces se intenta dar “carpetazo” al clasificar algunas muertes como suicidios, para no investigarlas de entrada como feminicidios.

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Así, tanto el Tribunal como la Fiscalía tienen pendientes para verdaderamente hacer justicia a las víctimas de feminicidio, en una entidad que está desde hace al menos tres años entre los primeros diez lugares nacionales por el alarmante número de feminicidios.

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