Keren Ordoñez, torturada y detenida por un crimen que no cometió

Keren Ordoñez, torturada y detenida por un crimen que no cometió
Foto: Centro Prodh

*Esta nota fue realizada por Pie de Página, parte de la alianza de medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes leer la original.


Hace 8 años la joven fue aprehendida en Xalapa, Veracruz, y amenazada con desaparecer a su hija de un mes de edad. A Keren la torturaron para que se declarara culpable de un secuestro en Tlaxcala

Texto: Samantha Páez

Foto: Centro Prodh

TLAXCALA. – Han pasado casi 8 años desde que Keren Selsy Ordoñez Hernández fue a casa de su expareja, con su bebé de un mes en los brazos, buscando dinero para la manutención de su hija en común. En ese momento Policía Federal y Policía Ministerial de Tlaxcala la detuvieron y torturaron para que se declarara culpable de secuestro.

A pesar de las obligaciones de juezas y jueces, no sólo para juzgar con perspectiva de género, sino para detectar indicios de tortura durante el proceso penal, Keren fue sentenciada a 50 años de prisión.

Es por ello que abogados del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), quienes asumieron la defensa legal de Keren, han pedido a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala que no continúe con la acusación al no haber pruebas que sostengan su participación en el delito. Buscan que la joven pueda reencontrarse con su hija.

 Así empezó la pesadilla

En diciembre de 2015, Keren tenía 19 años, acababa de parir con complicaciones su primera hija. La situación de pobreza y vulnerabilidad económica la llevaron a poner en pausa su convalecencia para buscar al padre de su bebé de un mes, quien vivía a unas calles de su casa, y así recibir dinero para manutención de su hija.

Era noche y Keren esperaba a que el hombre saliera del domicilio, ubicado en Xalapa, Veracruz, cuando unos hombres armados arribaron al lugar para detener a su expareja y a otro hombre por el delito de secuestro. Aunque no tenían alguna orden de aprehensión contra Keren, decidieron llevársela a ella y a su bebé.

Inmediatamente las separaron, a Keren la subieron a una patrulla, allí fue golpeada, asfixiada y amenazada con lastimar o desaparecer a su hija, acciones que desde el punto de vista del abogado Neftaly Pérez Rodríguez, del Centro ProDH, serían actos de tortura comunes en contra de mujeres.

Durante las 11 horas que Keren fue separada de su bebé, se le interrogó sobre su participación en el secuestro de una persona, en todo momento la amenazaron para que reconociera su culpabilidad. La trasladaron a Tlaxcala, donde le dieron a firmar unas hojas en blanco, que después supo era su declaración ministerial, donde reconocía haber realizado actividades de limpieza y cuidados en el lugar donde la víctima de secuestro estaba.

Mientras esto ocurría, la bebé fue llevada al DIF estatal de Tlaxcala, sin dar aviso previo a algún familiar. En los 12 días posteriores a la detención, la familia de Keren no supo del paradero de la bebé, cuando lograron ubicarla y pedir su restitución a la familia, estaba a punto de ser dada en adopción y presentaba sarna en la piel. Estos hechos serían violaciones graves a los derechos humanos de la niña y de la propia familia.

Keren entonces fue ingresada al Centro de Reinserción Social Femenil de Apizaco, Tlaxcala, alejándola aún más de su familia y de su bebé recién nacida.

Sentenciada sin responsabilidad

El 20 de noviembre de 2019, el Juzgado Penal del Distrito Judicial de Sánchez Piedras, en Apizaco, dictó sentencia condenatoria en contra de Keren, imponiendo una pena de prisión de 50 años por su supuesta participación en el delito de secuestro. Ese mismo año, su expareja recuperó su libertad al haber sido juzgado como menor de edad y sentenciado a 4 años de prisión.

Fue hasta 2021 que se resolvió un amparo interpuesto a favor de Keren para reponer el proceso, debido que no se llevaron a cabo algunas pruebas. Ese año el Centro Prodh conoció del caso, gracias a que la madre de Keren, la señora Siria Hernández, les contactó.

De acuerdo con Neftaly Pérez, en los seis años que la joven tuvo la representación de defensores públicos, estos incumplieron con su obligación de recabar y ofrecer pruebas adecuadas para que pueda obtener su libertad, lo cual llevó en primer lugar a su sentencia condenatoria y a que en el amparo no se reconocieran las violaciones a derechos humanos en contra de Keren y su hija.

El abogado señaló en una entrevista que existen pruebas claras de que Keren no participó del secuestro por el cual fue privada de la libertad. Por ejemplo, debido a complicaciones en el embarazo derivados de la preclamsia, Keren tuvo que ser sometida a una cesárea y por su situación delicada de salud tuvo que permanecer en convalecencia, es por ello que no habría podido participar en el delito y hacer las actividades de las que se le inculpa.

Otras cuestiones que deberían ser tomadas en cuenta para la liberación de Keren, desde el punto de vista del abogado, son la detención prolongada injustificada, pues tardaron más de 7 horas en su traslado de Xalapa a Apizaco. También los actos de tortura para incriminarse, como son golpes, asfixia y amenazas constantes de hacerle daño a su bebé y la falta de perspectiva de género para juzgarla.

Con estas evidencias, las autoridades judiciales de Tlaxcala deberían desechar las pruebas obtenidas de forma ilícita y determinar la no culpabilidad de Keren.

El sistema judicial es discriminatorio

Como se señala en el Protocolo para juzgar con perspectiva de género, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con base en la jurisprudencia  22/2016, es obligatorio para las juezas y jueces del país tomar en cuenta varios elementos para juzgar:

  • Identificar si existen situaciones de poder que por cuestiones de género den cuenta de un desequilibrio entre las partes de la controversia
  • Cuestionar los hechos y valorar las pruebas desechando cualquier estereotipo o prejuicio de género, a fin de advertir las situaciones de desventaja provocadas por esta categoría
  • Ordenar las pruebas necesarias para visibilizar dichas situaciones, siempre que el material probatorio sea insuficiente para aclarar la situación de violencia, vulnerabilidad o discriminación por razones de género
  • Cuestionar la neutralidad del derecho aplicable y evaluar el impacto diferenciado de la solución propuesta
  • Aplicar los estándares de derechos humanos de todas las personas involucradas
  • Evitar la utilización de lenguaje basado en estereotipos o prejuicios, y, a su vez, procurar el uso de lenguaje incluyente

En el caso de Keren ninguna de estas obligaciones fue tomada en cuenta, pues se le acusó sólo por ser pareja de un inculpado. Su propia madre sintetizó, en una conferencia de prensa de 2022, la doble discriminación contra Keren: por ser mujer y por ser pobre.

“Desde el 11 de diciembre de 2015, que detuvieron a mi hija, no ha sido nada fácil, porque nosotros somos gente de bajos recursos […] Es algo muy difícil y difícil se queda corto, por la situación en la que hemos vivido nosotros como padres, porque desde el momento en que a mi hija la recogieron allí, pues se la llevaron sin nosotros saber nada. Ella apenas se había aliviado, tenía un mes, la recogieron con todo y su bebé”, dijo la señora Siria Hernández.

Sin embargo, la falta de aplicación del protocolo es una constante. En el Diagnóstico Nacional sobre Tortura Sexual Cometida contra Mujeres Privadas de su Libertad en México, elaborado por la Secretaría de Gobernación federal, se evidencia que el 25.62% de las entrevistadas consideró ser víctima de tortura sexual; un 12.5% sufrió violencia sexual, sin haberla reconocido como tortura sexual; el 22.26% fue sometida a tratos crueles, inhumanos o degradantes, y el 12.10% a tortura sin violencia sexual.

A pesar de esta situación, el 14.29% del total de mujeres entrevistadas refirieron que, en algún momento de su proceso judicial, la persona juzgadora les preguntó directamente si fueron víctimas de tortura y solo el 15.23% refirió en algún momento a la persona juzgadora haber sido víctima de alguna agresión o violencia sexual.

De forma específica el diagnóstico se señala “se infiere que las autoridades judiciales realizan en menor medida una debida tutela judicial respecto de posibles indicios de tortura, o emprenden acciones insuficientes para lograr identificar si se han cometido violaciones a los derechos humanos en contra de las mujeres, a pesar de existir obligaciones específicas para la actuación”.

Ante estas graves fallas en el proceso penal, el Centro Prodh ha pedido a la Procuraduría de Tlaxcala determinar conclusiones de no culpabilidad contra Keren y no alargar más la liberación de la joven madre.

El llamado sería a escuchar a Keren, quien ha lanzado un mensaje contundente:

“Pido que me ayuden a hacerle saber a las autoridades que pongan más atención a mi proceso. Que me den la oportunidad de poder salir, de poder regresar, de poder no de recuperar, porque el tiempo no regresa, sólo de estar con mi hija”.

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