Exigen eliminar la prisión preventiva oficiosa ante el patrón de criminalización

Reunión del Grupo de Trabajo
Foto: Frayba

Decenas de organizaciones y colectivos de la sociedad civil para el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria pidieron al Estado mexicano la eliminación inmediata de la prisión preventiva oficiosa.

El Grupo, en un informe publicado en septiembre pasado, informó sobre los esfuerzos por entender la situación de la detención arbitraria en Chiapas relacionada, así como una serie de posibles recomendaciones para el Estado mexicano.

Dicho Grupo se encuentra integrado por: Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba); Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova (CDH Fray Matías); Colectiva Cereza; Colectivo de Familiares de Ex presos en Lucha; Colectivo de Monitoreo Frontera Sur; Movilidades Libres y Elegidas (CoLibres); Familias Unidas contra la Tortura y por los Derechos Humanos Formación y Capacitación (Foca); Grupo de Trabajo «No estamos todxs»; Movimiento Sueco por la Reconciliación (SweFOR); Servicio Internacional para La Paz (SíPaz) y Voces Mesoamericanas, Acción con Pueblos Migrantes A.C. (VM-APM).

Dentro del informe, han identificado que en Chiapas existe un patrón sistemático en el que diversas autoridades se articulan para crear montajes en los que inculpan delitos a personas inocentes por lo que son sujetas a procesos de detención arbitraria por parte de agentes ministeriales, lo que se extiende posteriormente a través de la aplicación de la figura conocida como prisión preventiva oficiosa, y en la mayoría de los casos a través de sentencias condenatorias.

Las personas son mayoritariamente sometidas a prisión preventiva oficiosa. Hemos documentado que tanto fiscales, como los propios jueces prolongan esta medida cautelar difiriendo audiencias o programándolas en periodos extensos. En algunos casos incluso la medida se ha extendido por más de dos años, periodo máximo establecido por la constitución, sin que las víctimas sean puestas en libertad, externa el grupo.

Por tanto, el patrón conduce a que las personas suelan ser sentenciadas aún cuando en la mayoría de los casos las pruebas fabricadas posean inconsistencias propias de un proceso fabricado.

Desafortunadamente el común es que las defensas públicas no se esfuercen por hacer visible esta situación, y que los jueces suplan, incluso bajo argumentos forzados, las inconsistencias probatorias, agregó.

Por último, se suele culminar con la confirmación de la sentencia ante una segunda instancia propia del sistema de justicia chiapaneco. Lo que para el grupo de trabajo resulta ser una evidente falta de independencia judicial.

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