Juicio contra pastora: Fiscalía se desiste de pruebas en caso de trata y trabajos forzados contra migrantes

Juicio contra pastora: Fiscalía se desiste de pruebas en caso de trata y trabajos forzados contra migrantes
Foto: La Verdad

*Esta nota fue realizada por La Verdad, parte de la alianza de medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes leer la original.


La declaración de 20 testigos considerados inicialmente contra Velia H.G. fueron descartados en el desahogo de pruebas de la Fiscalía de Chihuahua en el juicio que inició el pasado 11 de abril

POR BLANCA CARMONA / LA VERDAD JUÁREZ

Ciudad Juárez– La Fiscalía de Chihuahua se desistió de más de la mitad de las pruebas que había ofertado para probar la responsabilidad de la pastora y presidenta del consejo directivo de la asociación Aposento Alto, Velia H.G., en el delito de trata presuntamente cometido en contra de un grupo de migrantes.

Tras desistirse de presentar a un Tribunal de Juicio Oral la declaración de 20 testigos y cinco documentos, el Ministerio Público (MP) adscrito a la Fiscalía concluyó con el desahogo de sus pruebas.

El juicio, que inició el pasado 11 de abril, continúa con una prueba de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVE) y luego seguirán los testimonios de los abogados de la pastora. Podría concluir la siguiente semana, cuando posiblemente la religiosa suba al estrado para declarar.

Con ella cerraría la etapa de recepción de pruebas y posteriormente el juez, Jorge Gutiérrez Ortiz, estaría en posibilidades de emitir fallo condenatorio o absolutorio.

El jueves 16 de mayo la agente del MP a cargo del juicio, Liliana Rodríguez Aldana, retiró la declaración de 20 de los aproximadamente 35 testigos que se habían autorizado para comparecer al juicio, entre ellos las declaraciones de tres de las seis víctimas por las que presentó acusación.

En la audiencia pública efectuada ese día en la novena sala de los juzgados, la fiscal aseguró que fue imposible localizar a las víctimas de iniciales L.A.V.R.; D.G.P.; y A.M.T.

Las tres personas son mexicanos, del Estado de Michoacán.

En la acusación que presentó el MP y que dio origen al juicio oral, señaló que la pastora Velia forzó a seis migrantes a realizar trabajos de construcción y albañilería, en beneficio de ella y mediante amenazas, básicamente los amenazaba con correrlos del albergue, con sacarlos de una lista elaborada en ese entonces para esperar turno en el trámite de asilo político en Estados Unidos, y hasta con interferir en sus procesos migratorios.

Sin embargo, en la diligencia del 17 de mayo la fiscal dijo “nos desistimos de la víctima número uno, de iniciales L.A.V.R., la representación social tuvo la pretensión de localizarlo sin ser posible”.

Lo mismo señaló respecto a las otras dos víctimas.

Datos extraoficiales indican que esas víctimas declararon antes de dejar el país, frente a un juez de Control. Aunque se contaba con ese material -denominado prueba anticipada-, no se presentó al juicio oral.

El MP también se desistió de presentar la declaración de la hija de la víctima de iniciales L.A.V.R.; de la versión de la esposa de la víctima de iniciales A.M.T; y retiró la posibilidad de que declarara la esposa de la víctima D.G.P.

De igual forma la representación social canceló la declaración de tres vecinos del albergue Aposento Alto; así como tres menores, de nueve, 13 y 15 años que estuvieron viviendo en el albergue; y de tres personas migrantes originarias de Guatemala que también fueron alojadas en ese espacio durante el periodo en que presuntamente se cometió el delito de trata en la modalidad de trabajo contra las seis víctimas que identificó el MP.

Además, la autoridad se desistió de presentar cinco de los 11 documentos que estaban aprobados para ser exhibidos en el juicio oral.

Los documentos que no conoció el juez son un padrón de usuarios de suministro básico de la Comisión Federal de Electricidad (CFE); copia certificada de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad (RPP) del comedor Aposento Alto y los resultados de una búsqueda efectuada en el padrón de la CFE.

Al parecer con esos documentos se buscaba mostrar el domicilio del albergue.

En la declaración de una agente ministerial, ofrecida en el juicio por el MP, se indicó que la orden de cateo que dio un juez fue para inspeccionar un inmueble ubicado en la calle Tomate 10942; de ese cateo se obtuvieron las cartas de confidencialidad que presuntamente eran obligados a firmar los migrantes, la lista donde anotaban a las personas para un supuesto proceso de asilo político en Estados Unidos y un libro de registro.

Pero durante la comparecencia de esa agente también se indicó que el domicilio del albergue Aposento Alto y donde se efectuó el cateo es Tomate número 27. De ser así, todas las diligencias efectuadas y lo obtenido son ilegales, evidenció el abogado de la pastora durante la comparecencia de la agente ministerial.

El MP también se desistió de presentar la declaración del perito Adrián Caleb Saucedo Esparza, quien iba hablar sobre la extracción de información que hizo de un celular, el 15 de diciembre del 2022.

El testimonio de una agente ministerial a través de la cual se iba a introducir como pruebas una serie fotográfica del exterior del albergue y fotos de los medidores de luz, también fue retirada.

Y la versión de otra persona, de quién se desconoce qué iba a decir, se canceló.

LAS PRUEBAS PRESENTADAS

El Ministerio Público presentó las declaraciones de 14 testigos. Tres de esos son víctimas de iniciales D.E.L.A., de Honduras y quien declaró el 17 de abril; M.A.C.S., de El Salvador escuchado el 2 de mayo; y J.A.M.P., de Honduras y quien dio su versión el 6 de mayo.

Las dos víctimas de Honduras se “conectaron” a la diligencia a través de videoconferencias desde Luisiana y Tennessee, Estados Unidos, respectivamente. Pero a uno de ellos, J.A.M.P., se le acabó la batería del celular y no fue posible que lo interrogara el abogado defensor de la pastora y ni que concluyeran los cuestionamientos de la abogada de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVE).

La ley exige que las víctimas cuenten con asistencia psicológica al rendir declaración. A los migrantes se les asignó una psicóloga, pero la asistencia fue a distancia pues las psicólogas de la CEAVE estaban junto al juez y/o en el área del público en la sala judicial en Ciudad Juárez y los afectados en el extranjero.

La declaración de M.A.C.S., se presentó a través de un video. Él tampoco fue localizado y el MP presentó el video de la declaración rendida con anterioridad ante un juez de Control, lo que se denomina como prueba anticipada.

El coordinador del Consejo Estatal de Población (COESPO), Enrique Valenzuela Peralta, también declaró. Con él se abrió el juicio, el pasado 11 de abril

El funcionario, de quien depende el Centro de Atención a Migrantes (CAIM) del gobierno estatal, narró las denuncias de abusos y el contexto migratorio que había entonces en la ciudad.

La psicóloga Beatriz Socorro Lozoya Navarro, quien colaboraba con la asociación civil Colectiva Arte, Comunidad y Equidad, declaró que las mujeres migrantes le dijeron que las obligaban a preparar y consumir alimentos en mal estado; que a todos los sometían a castigos si no hacían ciertas cosas; y a los hombres los obligaban a trabajar en la construcción sin una remuneración.

Un investigador de la UACJ, Fernando Lapuete García, fue otro de los testigos que subió al estrado para señalar que había entrevistado a las víctimas como parte de un trabajo académico, pero se negó a aportar datos indicando que eran de carácter confidencial.

Cinco peritos en psicología que realizaron dictámenes a las víctimas declararon sobre la afectación emocional que presentaban los migrantes a raíz de los presuntos trabajos forzados que fueron obligados a realizar, que consideraron de leve a mediana.

Además, los peritos reconocieron que no podían diferenciar entre la afectación que presentaban los migrantes por lo vivido en sus lugares de origen y el proceso de migración de lo sucedido en Aposento Alto.

Las cartas de confidencialidad que presuntamente se obligó a firmar a las víctimas, en las que se les obligaba a no divulgar nada de lo que sucedía en al albergue, y un oficio expedido por COESPO en el que se establece que el albergue Aposento Alto era un espacio de acogida para personas en situación de movilidad, fueron los documentos exhibidos al Tribunal.

Además, dos listas y un libro de registro de personas migrantes aseguradas durante el cateo, y 375 fotografías captadas durante esa inspección, fueron mostradas por el MP al juez.

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