La Zona Económica Especial de Puerto Chiapas

El territorio delimitado

Por Gustavo Castyro Soto

El Presidente Enrique Peña Nieto emitió en septiembre de 2017 el Decreto de la Declaración de la Zona Económica Especial de Puerto Chiapas (ZEEPChis) ubicado en el sureste de México, previo consentimiento del gobierno de Chiapas y del presidente municipal de Tapachula.

 

Ya en otro momento hemos descrito qué es y en qué consiste una Zona Económica Especial (ZEE) en el marco de la ley publicada el 1 de junio de 2016. Ahora corroboramos que esta ZEE implicará el despojo a los productores campesinos de sus territorios ejidales para entregarlos a las corporaciones transnacionales. Del mismo modo acelerará la extracción de bienes comunes de la región y fortalecerá la instalación de proyectos mineros, represas, gasoductos, así como los monocultivos de palma de aceite y todo lo necesario para alimentar de insumos a esta especie de ciudad «amurallada» o «país» dentro del país. El tamaño de esta ZEE inicialmente equivale al 9% del territorio del municipio de Tapachula; será alrededor de dos veces más grande que la ciudad de San Cristóbal de las Casas y 1,5 veces más grande que la ciudad de Tapachula. Al menos 20 municipios del estado de Chiapas son de menor extensión territorial que la ZEEPChis.

 

Las empresas que se instalen en la ZEE no pagarán impuestos y tampoco lo hará por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Federación, lo que significará disminuir los ingresos públicos que podrían ser destinados a educación, salud, entre otros rubros. Se acrecentará la pobreza y encarecerá la vida de la región. Su operación implicará un exceso de consumo de energía pero además de agua que la competirá con las comunidades y la región aledaña. Sus residuos solidos y líquidos pondrán en crisis no sólo la actividad pesquera local sino la Reserva La Encrucijada que pretende proteger el bosque de manglar.

 

Así, los más ricos se harán más ricos. Y las grandes empresas trasnacionales chinas, europeas y de otras latitudes se beneficiarán todavía más en el marco de los Tratados de Libre Comercio que se perfilan hacia el mercado asiático.

 

Esta especie de ciudad amurallada, territorio liberado a las empresas trasnacionales, tendrán un paraíso fiscal y su propio régimen aduanal. La población mexicana subsidiará esta especie de supuesto «desarrollo» para que las corporaciones trasnacionales se enriquezcan más. No pagarán impuestos por importar ni exportar; podrán recibir descuentos fiscales si capacitan a los trabajadores y podrán acceder a los insumos de la región como esponjas que absorberán los recursos locales para añadirles valor y hacer grandes negocios.

La Zona Económica Especial Puerto Chiapas

El municipio fronterizo de Tapachula donde se ubicará la ZEEPChis cuenta con 348,156 habitantes; se ubica en la Región X – Soconusco. Según el Decreto ésta Región cuenta con la mayor superficie sembrada, número de cultivos, producción y valor de las 15 Regiones Socioeconómicas de Chiapas. Las actividades económicas se concentran en el sector terciario ya que el 51% de la población se ocupa en actividades del comercio y servicios de alojamiento temporal y preparación de alimentos y bebidas; y el 10% en actividades de mayor valor agregado como las industrias manufactureras.

 

Sin embargo, pese al significado real de esta ZEE, el texto del Decreto insiste en que impulsará el «crecimiento económico sostenible que, entre otros fines, reduzca la pobreza, permita la provisión de servicios básicos y expanda las oportunidades para vidas saludables y productivas, en las regiones del país que tengan mayores rezagos en desarrollo social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población.» El Decreto insiste en que la ZEEPChis es un «proyecto ambientalmente viable», y que cuenta con «la realización de las medidas de mitigación que deban realizarse para prevenir, reducir o compensar los impactos ambientales» que «podrían ocasionarse».

 

Hagamos entonces un resumen del contenido del Decreto de la ZEEPChis. Según este Decreto, contará con las siguientes características:

 

1) UBICACIÓN: Se ubicará en Tapachula, municipio fronterizo con Guatemala y en un polígono adyacente al Puerto Chiapas. Este municipio colinda con los municipios de Motozintla, Cacahoatán, Tuxtla Chico, Frontera Hidalgo, Suchiate, Huehuetán, Mazatán y Tuzantán. También colinda con el Océano Pacífico y la República de Guatemala. Estará custodiada por la 36 Zona Militar de Tapachula, la Comandancia del Sector Naval Militar de Chiapas y la Comandancia del Grupo ASIECHIS de Infantería en Chapas ubicado en Puerto Chiapas. Así como de otros muchos batallones y controles militares de la región.

 

2) INFRAESTRUCTURA: «(…) el Dictamen de viabilidad establece que, con base en los criterios de cercanía e integración con la infraestructura portuaria, aeroportuaria, carretera y ferroviaria; el entorno de usos industriales existentes o previos; la proximidad a asentamientos humanos de más de cincuenta mil habitantes que permitan la disponibilidad de mano de obra, así como el acceso disponible o potencial a fuentes de energía, agua, red de drenaje, y tratamiento de aguas y residuos sólidos, entre otros.»

 

3) EXTENSIÓN: La ZEEPChis tendrá una superficie es de 8,611-55 hectáreas (ocho mil seiscientas once hectáreas, cincuenta y cinco áreas) que equivalen a 86.11 kilómetros cuadrados y a la extensión que ocupan 8 mil campos de fútbol. Incluye 8,216-51 hectáreas (ocho mil doscientas dieciséis hectáreas, cincuenta y un áreas) sin restricciones ambientales, de uso de suelo o de otra índole. El tamaño de esta ZEE inicialmente equivale al 9% del territorio del municipio de Tapachula que cuenta con  93,615 has; será alrededor de dos veces más grande que la ciudad de San Cristóbal de las Casas y 1,5 veces más grande que la ciudad de Tapachula. La ZEEPChis tiene una extensión mayor a los de 20 municipios de Chiapas. Esto equivale a que la ZEEPChis es mayor al 16% de los municipios de la entidad:

 

4) TERRITORIO AFECTADO: La ZEEPChis abarcará 54 predios en total, todos en el municipio de Tapachula, entre fincas rústicas y ejidos, Todos los terrenos tienen fecha de inscripción en el registro Público de la Propiedad Federal en el presente año de 2017. El territorio abarca el Ejido El Encanto; predios rústicos de San Lucas, San Martín, Villa Nueva, San Andrés Buenavista, San Rafael, La Frida, San Martín de Porres (Rancho El Recuerdo), Monte Albán, Nueva Delhi, Anexo El Coronel, El Coronel (La Gloria), Santa Estefanía I y II, San Andrés, La Mansión, El Enigma, Jerusalén, El Farolito, Rancho El Guarumo, Fracción San Andrés, La Fortuna (La Bendición), Santa Ema y otros terrenos de propiedad federal.

 

5) ÁREA OFICIAL DE INFLUENCIA: abarca 7 municipios chiapanecos de Tapachula, Tuxtla Chico, Metapa, Frontera Hidalgo, Suchiate, Mazatán y Huehuetán. Para ello los Presidentes municipales debieron firmar antes de finalizar el mes de noviembre de 2017 un Convenio de Coordinación, de lo contrario no obtendrían los supuestos beneficios de acciones y políticas públicas previstas en el Programa de Desarrollo que quedará definido en marzo de 2018. Ello significa que en estos municipios el gobierno, con fondos públicos, invertirá en infraestructura y otras políticas públicas para beneficiar a las empresas que se ubiquen dentro de la ZEEPChis, lo que no se hizo antes en función de beneficiar a la misma población de estos municipios.

 

6) ÁREA EXTRAOFICIAL DE INFLUENCIA: En realidad la influencia va más allá. Este municipio colinda con 8 municipios de Motozintla, Cacahoatán, Tuxtla Chico, Frontera Hidalgo, Suchiate, Huehuetán, Mazatán y Tuzantán, pero también colinda con el Océano Pacífico, la República de Guatemala, con el Puerto Chiapas y el AgroParque. Por otro lado, el impacto también se extiende hacia la biodiversidad de la Sierra Madre y su producción de café, a las Reservas La Encrucijada y El Triunfo; a las minas de oro de Motozintla, Siltepec o las de barita en Chicomuselo o de titanio en Acacoyahua; además de los proyectos de represas de la región, entre otras. La relación con las otras dos ZEE’s ubicadas en Oaxaca y Guerrero se dará por medio de la infraestructura que requerirán para comunicarse y comercializar entre ellas impactando los territorios intermedios.

 

7) INICIO DE OPERACIONES: La primera sección de la ZEEPChis iniciará operaciones a más tardar el 30 de noviembre de 2018.

 

8) PUERTO CHIAPAS: no será parte del polígono de la ZEEPChis, pero será destinado para la entrada y salida de bienes destinados a la ZEE y principalmente para atender a las embarcaciones, de carga y transbordo de personas, tierra u otros modos de transporte. Sin embargo, la ZEEPChis rodeará el territorio del Puerto Chiapas y gran parte del AgroParque de Puerto Chiapas. Todos estos megaproyectos custodiados por la 36 Zona Militar de Tapachula, la Comandancia del Sector Naval Militar de Chiapas y la Comandancia del Grupo ASIECHIS de Infantería en Chapas ubicado en Puerto Chiapas. Así como de otros muchos batallones y controles militares de la región.

 

9) LO ÚNICO QUE NO…: La ZEEPChis no realizará actividades de refinación de petróleo y procesamiento de gas natural; almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de hidrocarburos. Estas actividades ya se llevan a cabo en el marco de la reforma energética.

 

10) EL PARAISO FISCAL: Habrá de todas las facilidades fiscales a las corporaciones…

 

  1. A) Durante los primeros 10 años se no pagará nada de Impuestos sobre la Renta por los ingresos que la gente obtenga dentro de la ZEE; y en los cinco años posteriores será del 50% de descuento.

 

  1. B) Los extranjeros que se establezcan en la ZEE también gozarán de beneficios fiscales y descuentos.

 

  1. C) Los empresas tendrán una deducción contra los ingresos generados en la ZEE del 25% del gasto por la capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores dentro de la ZEE.

 

  1. D) Todas las empresas que tengan algún establecimiento, agencia, sucursal o cualquier negocio en la ZEE, gozarán de un crédito fiscal durante los primeros diez años aplicable contra el Impuesto sobre la Renta del 50% de la aportación obrero-patronal del seguro de enfermedades y maternidad, y del 25% en los siguientes cinco años.

 

  1. E) El Administrador Integral de la ZEE no pagará derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Federación.

 

  1. F) El Administrador Integral y las empresas no pagarán IVA por la enajenación de bienes, prestación de servicios ni por el uso o goce temporal de bienes tangibles, para ser utilizados o aprovechados al interior de la ZEE. La enajenación se entiende como la «Venta, donación o cesión del derecho o el dominio que se tiene sobre un bien o una propiedad».

 

  1. G) No se pagará impuestos, por no ser considerados «importación», en los siguientes conceptos: la introducción a la ZEE de bienes que vengan del extranjero; la adquisición de bienes intangibles por sus residentes (ejemplos de bienes intangibles pueden ser: secretos industriales, concesiones, patentes y derechos de autor o de propiedad intelectual, programas informáticos, contenidos digitalizados, renombre comercial, franquicias y marcas, entre otros); los enajenados por no residentes en el país; el uso de bienes intangibles proporcionados por personas no residentes en el país; el uso de bienes tangibles cuya entrega material se hubiera efectuado en el extranjero; y el aprovechamiento de los servicios en la Zona cuando se presten por no residentes en el país (o sea las empresas extranjeras).

 

  1. H) La introducción a la ZEE de bienes adquiridos fuera de ella donde se han pagado impuestos, éstos se les devolverá. Incluso si realizan actos o actividades en establecimientos ubicados en el resto del país.

 

  1. I) Los bienes de la ZEE destinados al extranjero no pagarán IVA ya que la introducción de bienes no fue considerada «importación», y la salida tampoco es «exportación». Tampoco en el caso de bienes que provengan del resto del país será considerado «exportación». O sea, los únicos que se benefician son las empresas que obtienen todos sus insumos y venden a los menores costos subsidiados por la sociedad mexicana que paga cada vez más impuestos.

 

  1. J) Introducir al país bienes provenientes de la ZEEPChis, si es por una enajenación, sólo se pagará impuesto solo por la introducción, no por la enajenación.

 

  1. K) No pagará IVA si se extraen los bienes de la ZEEPChis al resto del país que no sea para comercializarlos, como por ejemplo los bienes de uso personal, la reparación o mantenimiento de maquinaria o equipo; los bienes tangibles arrendados o bienes para ser destinados al régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación.

 

  1. L) No se cobrará IVA al interior de la ZEE, ni en la introducción ni extracción de bienes con las otras ZEE. Gozarán un régimen aduanal especial.

 

  1. M) Para introducir o sacar bienes al comercio exterior, tendrán incentivos fiscales con el fin de que paguen el menor impuesto posible.

 

  1. N) Se otorgarán a las empresas facilidades administrativas para introducir mercancías, transferir mercancías entre las empresas ubicados en la misma o en distinta Zona; para extraer temporalmente maquinaria y equipo para su mantenimiento o reparación; para introducir mercancías sin cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias ni Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que la Secretaría de Economía determine procedente, entre otros.

 

Ñ) Las personas físicas residentes en México, las personas morales (las empresas) residentes así como las residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, se les aplicarán beneficios fiscales en todas las ZEE donde operen.

 

  1. O) Las pérdidas fiscales dentro de la ZEE en un ejercicio fiscal, podrán disminuirse de la utilidad fiscal de los diez ejercicios siguientes que tenga el contribuyente hasta agotarla. El resto del país soportará estas pérdidas de las empresas.

 

  1. P) Muchos de los estímulos fiscales serán aplicables durante quince ejercicios fiscales y otros durante la vigencia del respectivo Permiso o Autorización para operar. Estos descuentos irían desde el 100% hasta el 50%, haciendo más ricos a los ricos.

 

  1. Q) Los contribuyentes residentes en México podrán acreditar contra el Impuesto sobre la Renta que les corresponda pagar, el impuesto sobre la renta que hayan pagado en el extranjero y se les reducirá en el mismo porcentaje.

 

El Escaramujo 72:

Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C./Amigos de la Tierra México. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios.

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