Chiapaneco fue víctima de fraude, denunció y ministerio público lo liberó

Fiscalía General del Estado de Chiapas. Cortesía: FGE.

*La CNDH solicitó que incorpore una copia de la Recomendación a los expedientes laborales y personales de las autoridades responsables de las violaciones de derechos humanos de la víctima.


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 85/2020 a Olaf Gómez Hernández, titular de la Fiscalía General del Estado de Chiapas (FGE), por el caso de un ciudadano víctima de fraude genérico, quien denunció al presunto responsable, pero fue liberado por el personal de la Agencia del Ministerio Público (MP) que desistió de la acción penal.

El Organismo Nacional Autónomo al concluir su investigación confirmó que, con sus acciones y omisiones, los servidores públicos de la FGE violaron los derechos humanos a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia de la víctima, sin que la autoridad jurisdiccional o el MP realizaran acción alguna en su favor.

La CNDH añadió que, de tres solicitudes que de manera previa fueron rechazadas, el denunciante logró que el pasado 29 de junio de 2018 el Juez autorizara una orden de aprehensión en contra del imputado por el delito de fraude genérico, dicha orden se cumplimentó el 5 de julio de 2018, iniciándose la Causa Penal.

Sin embargo, señalaron que de manera repentina el 13 de septiembre de ese año, el MP desistió de la acción penal, dejando en libertad al presunto responsable, sin que se hubieren realizado actuaciones en favor de la víctima por los agravios padecidos, ni mediara información alguna al ofendido o medidas de protección como víctima.

Por ello, el 8 de enero de 2019, el agraviado presentó queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas (CEDH), iniciando un expediente de queja.

Durante la fase de trámite, el 17 de mayo de 2019, el agraviado fue informado por una Visitadora Adjunta del Organismo Estatal, que en su caso se había violentado el derecho a la legalidad, sin embargo, persistía en trámite dicho expediente.

Para el 28 de abril de 2020, la Comisión Estatal determinó la conclusión del Expediente por no existir materia para seguir conociendo de la queja, pero a la víctima se le notificó dicha situación hasta el 9 de julio.

El 11 de junio de 2020, el afectado solicitó a la Comisión Nacional la atracción del Expediente de queja.

Una vez iniciado el expediente de queja se integraron copias certificadas del expediente que se tramitó en la Comisión Estatal, asimismo se solicitó información a la Fiscalía General del Estado a fin de determinar lo procedente en derecho, expuso la Comisión Nacional.

La CNDH concluyó que el ciudadano fue objeto de violaciones a sus derechos humanos a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia, por parte de servidores públicos de esa Fiscalía Estatal, ya que había denunciado el delito de fraude genérico en su agravio, por lo que dicha autoridad inició Carpeta de Investigación que judicializó ante Juez competente del Poder Judicial de Chiapas.

Además, sin nuevas actuaciones o nuevos elementos de prueba, en audiencia de 13 de septiembre de 2018 el MP desistió de la acción penal en favor del imputado en la Causa Penal, quedando desamparado de cualquier autoridad jurisdiccional.

En consecuencia, la Comisión Nacional solicitó al Fiscal General indemnizar a la víctima de manera integral y por ello se debe inscribir en el Registro Estatal de Víctimas con acceso al Fondo Estatal de Ayuda.

Por último, que inicien al Procedimiento Administrativo y del Sistema Estatal Anticorrupción, y que se impartan cursos en materia de derechos humanos y derecho penal acusatorio, a dicho personal con tareas de procuración de justicia, incluido el responsable, con enfoque de protección a las víctimas de delito durante el trámite de sus denuncias y procedimientos penales.

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