Desinformación y discurso de odio se han expandido por pandemia

Medios nacionales e internacionales durante una conferencia de prensa ofrecida por autoridades del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, con motivo de la pandemia de Coronavirus Foto: Hans-Máximo Musielik

*Article 19 realizó un informe donde intenta recuperar las violencias, retos y obstáculos que vive el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información en el marco de la pandemia, en México, Guatemala, Honduras, El Salvador y Cuba.


La Organización Article 19 dio a conocer que, desde los inicios del brote, la libertad de expresión y el derecho a la información se convirtieron en una víctima más de la pandemia, a nivel global, la desinformación y el discurso de odio se expandieron atravesando fronteras y provocando miedo, estigmas y perjuicios contra diversas poblaciones víctimas de la enfermedad.

Añadió que, el papel y la relevancia tecnológica se puso a prueba, asimismo, se cuestionó cada uno de los estándares y parámetros con los que se exigía la defensa de los derechos humanos en el ámbito digital.

Lo anterior, reconociendo la potencialidad y alcance de las redes sociales y los retos prácticos para hacer que la inteligencia artificial se adaptara a lo democrático y a los principios de los derechos humanos.

En general, mencionó que se puso de manifiesto la crisis económica a la que se enfrentaron diversos medios de comunicación y el riesgo de convertir la publicidad gubernamental en propaganda, con ello, la precariedad y falta de garantías laborales a las que se enfrenta el periodismo profesional.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha sostenido que, en medio de la pandemia, los Estados deben sujetarse a las obligaciones del derecho internacional de respetar y proteger los derechos contenidos en los tratados internacionales, y ha calificado como esenciales el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información.

Derechos que, tal como menciona Michelle Bachelet, alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se ponen en peligro frente a gobiernos autoritarios que buscan tranquilizar voces críticas con el pretexto de que son permisibles las sanciones por desacato a medidas de prevención de contagios.

Article 19 señaló que, el derecho a la libertad de expresión está protegido por el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y tiene sustento legal en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y los tratados regionales de derechos humanos. En la región americana, el Pacto de San José ampara la libertad de pensamiento y de expresión en su artículo.

Si bien el derecho a la libertad de expresión es fundamental, no es absoluto; los Estados pueden restringirlo para proteger sus intereses legítimos, entre ellos, la salud pública. Sin embargo, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Comité DH) ha expresado que dichas restricciones deben ser excepcionales y cumplir con el test tripartito, expuso Article 19.

Mencionó que el derecho de acceso a la información es un componente fundamental del derecho a la libertad de expresión, en especial, las personas tienen la facultad de obtener información en poder de organismos públicos.

Por ello, el Comité DH especificó que los Estados deben publicar de manera proactiva la información de interés público y tomar medidas necesarias para facilitar el acceso a la que está en poder de los organismos públicos, incluyendo la promulgación de leyes para la libertad de acceso a la información.

Ciudad de México, 12 de noviembre (SinEmbargo).- El año 2020 está por terminar y 16 estados aún no cuentan con un portal que brinde información completa, actualizada e interactiva de COVID-19; siete de ellos no tienen siquiera un portal dedicado a información sobre el virus.

En situaciones de riesgo y amenaza a la salud, como es el caso del COVID-19, los Estados deben garantizar que todas las personas y comunidades tengan acceso a una información clara, accesible, oportuna y significativa sobre la naturaleza y el grado de amenaza para la salud, las posibles medidas para mitigar los riesgos las disposiciones de alerta temprana sobre las posibles consecuencias futuras y las iniciativas de respuesta en curso.

Por otro lado, la Organización expuso que la protesta social es un derecho protegido por los altos estándares de derechos humanos, desde la historia ha permitido la exigencia y ejercicio de otros derechos.

Las protestas surgen de la necesidad social de expresar al Estado y a la sociedad determinado mensaje político con una exigencia de derechos, o bien con el propósito de poner en la agenda pública un tema que aqueja a determinado grupo poblacional, explicó la Organización.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reconoció que la protesta juega un papel fundamental en el desarrollo y el fortalecimiento de los sistemas democráticos, y al disfrute de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

Ante esto, Article 19 mencionó que el derecho a la protesta es interdependiente del derecho a la libertad de expresión, tal como lo indicó la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la CIDH al señalar que “la libertad de expresión se inserta en el orden público primario y radical de la democracia, que no es concebible sin el debate libre y sin que la disidencia tenga pleno derecho de manifestarse”.

Los Estados están obligados a proporcionar información confiable en formatos accesibles para todas las personas, en especial aquéllas con acceso limitado a internet o con alguna discapacidad.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) resaltó que las medidas que la Secretaría de Salud estableció requieren difusión en todo el territorio nacional y deben llegar a toda la población, en especial en un momento de emergencia, cuando el acceso a la información es de importancia crítica, ampliar las restricciones para el acceso a internet no puede justificar debido al orden público o de la seguridad nacional.

Es así como el papel fundamental de los gobiernos federal, estatales y municipales deben generar y difundir información sobre salud y riesgos sanitarios en los casos de pandemias, la actuación de aquéllos resulta clave para conocer la situación y las medidas tomadas para aminorar los riesgos.

Sin embargo, debido a las distintas características socioeconómicas y geográficas de las poblaciones, las acciones para el manejo de información respecto a la contingencia sanitaria tapizan diferencias notables.

La Organización acentuó que las medidas adoptadas por el gobierno federal para transmitir la información sobre la pandemia parecen adecuadas y suficientes, pero, dicha estrategia debe evaluarse tomando en cuenta diversos grupos en situación de vulnerabilidad, es decir, a personas que viven en pobreza y con menor acceso a medidas y artículos preventivos, incluidos cubrebocas y desinfectantes.

Aunado a ellos, las personas sin hogar que enfrentan desafíos para el aislamiento, migrantes en situación administrativa irregular, personas de ingresos bajos y empleo inseguro o informal, las y los que no tienen más remedio que vivir o trabajar cerca de otras que no tienen acceso a medidas preventivas adecuadas como cárceles o en entornos laborales que presentan riesgos para la salud.

También a las personas sin acceso al agua y saneamiento, todos y todas deben recibir especial atención e información de las autoridades, y sus necesidades deben tenerse en cuenta en los planes y estrategias oficiales para que puedan acceder a los mismos servicios que el resto de la población, sin discriminación.

La información es esencial para asegurar respuestas eficientes ante el COVID-19, incluyendo las medidas de protección que debe adoptar el público. Por lo tanto, un paso esencial en la puesta en práctica de estrategias ante una crisis de salud pública debe ser la identificación de las principales necesidades de información de las poblaciones, comunidades e individuos, mencionó Article 19.

Deberán considerar necesidades de información y la presentación de la información para que sea accesible y comprensible para diversas audiencias.

“Laquibi Chahui’ Natu’”, Río Blanco Taller; imagen 2, “Tseltal”, SADEC, A.C

Añadió que, aunque el COVID-19 ha tenido repercusiones a nivel global, algunos grupos están sufriendo de manera desproporcionada y en diferentes magnitudes los estragos que esta pandemia ha generado.

Uno de estos grupos está constituido por los pueblos indígenas. De acuerdo con el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), muchas de estas poblaciones que viven en regiones remotas de difícil acceso han sufrido, incluso antes de esta crisis sanitaria, circunstancias de riesgo para su salud, así como necesidades en materia de atención a la salud, agua y alimentación.

Aunado a ello, la expropiación de sus tierras y recursos naturales, además del aumento de los conflictos en sus territorios, ya los situaban en una condición de precarización.

Article 19 enfatizó que, para los pueblos indígenas, la crisis sanitaria se suma otra problemática “la falta de acceso a la información”, debido a los obstáculos para acceder a información de calidad, con pertinencia cultural, oportunidad y en sus propias lenguas.

Puntualizó que, en la actualidad, sigue sin existir información precisa, suficiente y cultural adecuada traducida a la totalidad de sus lenguas maternas en formatos adecuados a sus necesidades, respecto de todos los aspectos de la pandemia, condicionando así el ejercicio de otros derechos humanos.

Comunidad de Adolfo Ruiz Cortines, Chiapas

Cuando puedo pagar por el internet, puedo buscar yo las cosas, pero no siempre las entiendo, porque muchas cosas están en texto y formas que no se entienden. Pero es que aquí no todos tenemos internet ni señal de teléfono (…) Pero es que el internet no es nuestra necesidad primera, necesitamos comer primero, (…)  La gente está pensando en qué comer, más ahora que tenemos que estar en nuestras casas, pero ¿Quién piensa en nosotros? El gobierno siempre nos deja al final, expuso uno de los entrevistados de la comunidad.

Article 19 mencionó que dicha declaración evidencia la brecha digital y económica de las comunidades y cómo los contenidos que son generados no toman en cuenta las particularidades culturales de los pueblos indígenas.

Añadió que lo mismo ocurrió con la decisión de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de implementar clases en línea y por televisión a través del programa Aprende en Casa, para evitar que alumnas y alumnos de educación básica primaria y secundaria perdieran el ciclo escolar 2019-2020 por la emergencia sanitaria.

Señaló que la decisión fue tomada sin considerar que en el país quienes tienen poco o nulo acceso a internet son las personas que se encuentran en poblaciones rurales e indígenas.

A pesar de las restricciones impuestas por el gobierno federal de no realizar eventos masivos, en la cabecera municipal se llevaron a cabo las festividades de semana santa, en las cuales se congregaron más de tres mil personas de diferentes parajes de la comunidad. Foto: Isabel Mateos

Los obstáculos que persisten para que los pueblos indígenas tengan acceso a la información son muestra de que su condición de vulnerabilidad frente a pandemias no proviene del virus en sí mismo, sino que son ocasionados por un cúmulo de epidemias de mayores dimensiones: pobreza, desigualdad y discriminación.

La Organización expuso que habitantes de comunidades en Chiapas y Yucatán les corroboraron que la falta de información puede tener una doble consecuencia, lo que uno de ellos llamó estar “entre el temor y la desidia”.

Por un lado, las personas tienen miedo y no saben a qué se enfrentan, una de estas es que las personas sean incineradas y sus cenizas no sean devueltas a sus comunidades, podría disiparse o aminorarse si la información sobre el tema que se comparte en las conferencias vespertinas llegara a las personas de las comunidades indígenas y hubiera una garantía de que, en efecto, no se tomarán esas medidas.

Una constante fue que la información que llega sobre el virus, las formas de contagio y las medidas de prevención es sólo la mínima. No hay un sistema eficaz para que la información más amplia compartida en las conferencias vespertinas, en informes técnicos, en las conferencias de los secretarios de salud locales y en diferentes redes de instancias oficiales llegue a las comunidades. Esta información debería pasar del lenguaje técnico al coloquial, para luego ser traducida a las distintas lenguas, mencionó Article 19.

A partir del análisis de la información difundida y disponible para comunidades indígenas de Chiapas y Yucatán, así como de la información recuperada en entrevistas, Article 19 afirmó que los sujetos obligados en materia de salud, tanto a nivel federal como estatal y municipal, no están cumpliendo con sus responsabilidades de transparencia proactiva.

En cuanto a elaboración de diagnósticos sobre la información que se requiere y hacerla llegar de manera oportuna, lo cual puede tener un impacto en la salud y la vida de las personas de las comunidades y de los pueblos indígenas analizados.

Mencionó que en el ámbito municipal han reproducido los formatos de comunicación del gobierno federal como conferencias en vivo en donde se presentan cifras y medidas de prevención, sin embargo, no se genera en formatos accesibles y con pertinencia cultural para las comunidades indígenas

Ante el panorama, destacaron otras iniciativas de la sociedad civil que han llevado a cabo la tarea de traducir y compartir la información a través de medios más pertinentes de manera cultural, como es el perifoneo y las radios comunitarias.

Algunos ejemplos de estas iniciativas han recurrido a manuales, trípticos, podcasts, cápsulas de radios comunitarias, videos e infografías en redes sociales como Facebook y Whatsapp, entre otros medios, son la publicación por parte de la organización SADEC AC, en Chiapas, de una guía destinada a personas promotoras comunitarias para difundir información sobre el virus y formas de prevenirla, así como los videos en lengua ch’ol elaborados por la Universidad Intercultural de Chiapas y el medio Vientos TV.

Por iniciativa propia todos los comerciantes que trabajan en el Mercado Municipal José Castillo Tielemans, ubicado en el centro de la ciudad, limpiaron las calles que rodean el mercado y de esta forma generar condiciones más seguras para seguir vendiendo sus productos durante la contingencia por la pandemia de COVID-19. Foto: Isabel Mateos

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