AI recuerda a Estados la oportunidad de abordar la movilidad desde una perspectiva de derechos humanos

Viacrucis migrante
Foto: Isaac Guzmán

*La organización aprovechó para recordar la obligaciones internacionales por parte de los Estados.


Amnistía Internacional se dirigió hacia los presidentes, presidentas, ministros y ministras de las naciones que asistirán en la Cumbre Regional sobre Migración “Por una vecindad fraterna y con bienestar” este 22 de octubre en Palenque, a reflexionar sobre las dimensiones del desplazamiento forzado en la región, sus obligaciones internacionales y el respeto de los derechos humano de las personas solicitantes de asilo, refugiadas y migrantes.

La Cumbre a desarrollarse este domingo reunirá a representantes de Cuba, Colombia, Honduras, Haití, Venezuela, Ecuador, Guatemala, El Salvador, Bélica, Costa Rica y Canadá, desde la ciudad maya de Palenque.

Ante este hecho, Amnistía señaló la oportunidad para abordar, desde una perspectiva de derechos humanos, la situación de millones de personas que se han visto obligadas a cruzar fronteras en las Américas en los últimos años.

“Deseamos recordar algunas de las principales preocupaciones de la organización en cuanto a la protección de los derechos de las personas en movilidad en la región, especialmente de aquellas personas obligadas a salir de sus países debido al deterioro de la situación de derechos humanos, así como resaltar las obligaciones internacionales de los Estados de garantizar los derechos de estas personas, incluyendo el derecho a la vida, a la integridad personal, a buscar asilo y no ser discriminadas” expresó en la carta abierta.

La organización considera que cualquier respuesta a los cientos de miles de mujeres, hombres, niños y niñas que se desplazan debe enmarcarse en el pleno respeto del derecho internacional de los derechos humanos y de las personas refugiadas.

Por ello, hicieron llegar las siguientes recomendaciones a los gobiernos de los países de la región: garantizar el derecho de solicitar el reconocimiento de la condición de persona refugiada, incluyendo el acceso efectivo al procedimiento y adoptar medidas para asegurar y expandir la aplicación de la definición de persona refugiada de la Declaración de Cartagena de 1984 a la situación de las personas venezolanas y haitianas.

Así como, garantizar el principio de no devolución en todas las circunstancias. Garantizar el acceso al territorio, abstenerse de realizar rechazos en frontera, expulsiones colectivas o deportaciones sin el debido proceso y no deportar o expulsar a personas a lugares donde su vida o sus derechos humanos corre peligro.

Sin olvidar, suspender, en particular, las deportaciones de personas venezolanas y haitianas en línea con el llamamiento del ACNUR a no retornar de manera forzada a las personas a Venezuela y Haití; fortalecer sus sistemas de asilo, e incrementar los recursos humanos, técnicos, y financieros de las instituciones nacionales encargadas de brindar asistencia y atención a las personas con necesidad de protección internacional y migrantes y asegurar que cualquier programa de protección complementaria y temporal destinado a personas venezolanas cumpla con los requisitos de legalidad, accesibilidad y reconocimiento de derechos.

Puntualmente, en caso de que sea necesaria la participación de personal de seguridad civil o militar, se debe hacer de forma excepcional, proporcional y con la debida diligencia para la salvaguardia de los derechos humanos de las personas refugiadas, migrantes y de la población allí presente; llevar a cabo investigaciones exhaustivas y con la debida diligencia de las violaciones de derechos humanos y delitos cometidos contra las personas refugiadas y migrantes, y garantizar que tengan acceso a una reparación justa y digna.

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