Sólo una carta de buenas intenciones el nuevo ordenamiento jurídico de Tuxtla

BANDO DE POLICIA

¿Conoce el nuevo ordenamiento jurídico del municipio de Tuxtla Gutiérrez? A partir del 01 de Enero del 2016 entró en vigor el Bando de Policía y Gobierno de Tuxtla, que es el ordenamiento jurídico que va a normar o está normando a la ciudad. Digamos que es para Tuxtla lo que es la Constitución Política del Estado para Chiapas o al menos eso quiso entender quienes la aprobaron.

En el mejor de los casos este documento, de poco más de 90 cuartillas, es una carta enorme de buenas intenciones. En el peor de ellos es el reflejo de un gobierno que está haciendo las cosas al vapor.

Me voy a limitar a hablar de algunos puntos del ordenamiento, pero estoy segura que cualquier persona que conozca de Leyes puede tener aquí mucha tela de dónde cortar.

Los reglamentos municipales no pueden estar por encima de la Constitución Política del Estado de Chiapas, la Constitución Política de México y los tratados internacionales.

La tipificación de un delito le corresponde al Estado o la Federación y para ello tiene que haber reformas al Código Penal y al Código de Procedimientos Penales.

En Chiapas, lamentablemente, no está tipificado el delito de acoso callejero o el maltrato animal. En el último caso hay una iniciativa en el Congreso de Chiapas que está en la congeladora desde la pasada legislatura.

Sin embargo, en este ordenamiento municipal en su artículo se habla de un arresto de 36 horas a quienes: “Asediar u ofender con palabras soeces y/o agredir a cualquier miembro de la comunidad; dirigirse física o verbalmente con una connotación sexual hacia otra persona afectando su dignidad, libertad, integridad y/o libre tránsito, creando en ella intimidación, hostilidad, degradación, humillación o ambiente ofensivo en los espacios públicos”.

Así también en el capítulo de las infracciones se señala que habrá arresto de 36 horas para quienes: “Causar daño y/o realizar actos crueles o de maltrato contra los animales. Quedan estrictamente prohibidos los espectáculos circenses que utilicen cualquier tipo de animal, peleas entre animales y corridas de toros. Permitir que animales domésticos o los utilizados en servicios de seguridad deambulen sin collar y/o defequen en la vía pública sin recoger dichos desechos por parte de su propietario o quien contrate el servicio. El Municipio promoverá el establecimiento de un Centro de Control Animal en donde se realizarán campañas de esterilización, vacunación gratuita y programas de adopción”.

Bastaría cualquier recurso estatal y/o la protección de la justicia federal a través del amparo; para que cualquier ciudadano o ciudadana pueda ser absuelto de la infracción.

De ahí que estas disposiciones en el reglamento carezcan de elementos reales para que se pongan en práctica.

En  un supuesto que pueda ser así queda en el vacío el procedimiento que se debe de hacer para acusar a alguien de estas infracciones.

En el ordenamiento jurídico municipal también se habla que se infraccionará la prostitución y la mendicidad infantil. El municipio sólo tiene facultades para aplicar infracciones no así para castigar delitos. Aunque eso pareciera ignorarlo quienes aprobaron el reglamento. En más de un tema se excede de sus funciones.

En el tema de acceso a la información pública y transparencia el ordenamiento sigue presentando los mismos problemas. Dicen que las sesiones de cabildo serán públicas y transmitidas por internet, pero sigue sin obligar a las autoridades de informar previamente a la ciudadanía cuándo serán. Reitera que las actas de cabildo estarán a disposición de la ciudadanía –lo que de por sí señala la Ley que Garantiza la Transparencia y el Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas-; sin embargo tiene ocho semanas que no suben las actas de cabildo al sitio de Transparencia.

El ordenamiento jurídico municipal está cargado de obligaciones e infracciones para la ciudadanía, pero no para el gobierno. Dice que se infraccionara a quienes no respeten los pasos peatonales –lo cual está muy bien-; pero nada dice de que la mayoría de estos ni siquiera son visibles porque el gobierno no los pinta.

No es mi intención caer en el pretexto fácil de que la ciudadanía no cumple con sus obligaciones porque el gobierno tampoco lo hace, más bien, mi punto es que un ordenamiento de esta naturaleza exige la corresponsabilidad del gobierno y la ciudadanía y hasta ahora no se ha visto esa disposición de parte de la administración municipal.

En lo particular, el tema que más me ocupa, es el de acoso callejero porque el haber señalado esto como una infracción a nivel municipal y no como un delito a nivel estatal o federal podría hacer más mal que bien, sobre todo, por la forma tan ambigua en cómo quedó enmarcada la infracción.

Estoy segura que las y los animalistas tendrán sus propias preocupaciones y ocupaciones sobre este nuevo ordenamiento; las y los empresarios; las y los automovilistas. En la medida que conozcamos nuestros derechos, podemos ejercerlos. La ciudad la construimos todos y todas.

Nota uno: Que alguien les avise a quienes hicieron y aprobaron este reglamento que el término “sexoservidores” es discriminatorio, que el término es trabajadores y trabajadoras sexuales.

Nota dos.  No estoy en contra de todo el reglamento. Tiene elementos muy favorables que nos ayudarán en la construcción de una mejor ciudad. Sin embargo, en la mayor parte se limita a ser una carta de buenas intenciones, y el problema con este tipo de cartas, es que son inútiles.

Nota tres: Prefiero pensar que el ordenamiento es una carta de buenas intenciones y no un documento que quiere vendernos “espejitos” como que si fueran derechos.

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