Llaman al Gobierno de Chiapas aplicar medidas preventivas por el Covid-19 dentro de penales

Penal de El Amate

*Las propagación del coronavirus COVID-19 puede ser preocupante bajo estos sistemas de internamiento con condiciones precarias de salud: CNDH


La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió medidas a todas las autoridades del sistema penitenciario nacional para generar en tiempo y forma condiciones preventivas, adecuadas y suficientes para la protección de la salud de personas privadas de su libertad ante la alerta de contagios por el Covid-19.

Este Organismo Nacional en 2019 presentó un análisis de las principales dinámicas económicas, sociales y políticas de los estados con mayor problemática penitenciaria, en el cual Chiapas, se encontró dentro de las 12 entidades federativas con menor calificación obtenida en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria.

En dicho estudio, se manifestó que los centros penitenciarios en Chiapas representan un microcosmos en el cual se reflejan diversos problemas en la dinámica en materia social, económica, política, institucional y de salud entre ellas la cohesión social, entendida como la posibilidad de convivir en un entorno armonioso y con acceso a oportunidades.

Ante esto, la CNDH recordó que la propagaciones de la enfermedad denominada coronavirus COVID-19 puede ser preocupante bajo estos sistemas de internamiento con condiciones precarias de salud, ya que el 11 de marzo de 2020 el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), determinó calificarla como pandemia (enfermedad epidémica que se extiende en varios países del mundo de manera simultánea), tras confirmarse y superarse 118,000 casos, en 114 países.

Hasta el último reporte, el Director General de Epidemiología de la Secretaría de Salud en México informó que se han presentado hasta el momento 41 casos confirmados, por lo que es necesario tomar medidas razonables para su prevención.

Por tanto, la CNDH informó que las personas privadas de la libertad en todo el territorio nacional se deben adoptar medidas específicas, dado las condiciones de internamiento en las que se encuentran, a fin de salvaguardar su integridad física; por ello, es necesario se lleven cabo las medidas preventivas respectivas tanto para la población penitenciaria, visitas (familiares y defensores) y personal que ahí labora.

La Comisión mencionó que con base a las condiciones que imperen en cada uno de los establecimientos penitenciarios federales y estatales, se sugiere implementar mecanismos encaminados a la protección de la salud y vida de la población privada de la libertad, las visitas en general, los proveedores de servicios y personal penitenciario.

MEDIDAS PREVENTIVAS

  1. a) Elaborar un plan a fin de mantener informada a la población penitenciaria, visitantes y personal penitenciario sobre las acciones que han de adoptarse de acuerdo a la evolución del padecimiento.
  2. b) Informar a la población penitenciaria, visitantes y personal que ahí labora sobre las medidas preventivas que deberán adoptarse para evitar el contagio.
  3. c) Establecer un programa de seguimiento sobre las últimas novedades en relación con el COVID-19, y seguir los consejos que emitan las autoridades prestadoras de los servicios de salud del ámbito local y federal sobre las medidas de protección.
  4. d) Sensibilizar a los visitantes y personal penitenciario sobre las zonas de mayor peligro; en la medida de lo posible evitar desplazarse a estas zonas a fin de evitar el contagio.
  5. e) Se doten en la medida de lo posible de productos necesarios, entre los que encuentren agua y jabón, a fin de atender, además, de la población penitenciaria, visitantes y empleados, a aquellos grupos que por situaciones especiales de edad (niños o adultos mayores) o de salud (con enfermedades crónico degenerativas) tengan un mayor grado de riesgo para el contagio de este tipo de virus, y
  6. f) En caso de que se detecte algún cuadro sospechoso en algún centro de reclusión, se deberá informar de manera inmediata al personal médico con el fin de que realice un diagnóstico específico, y en caso de un probable caso de COVID-19 notificar a la Autoridad de Salud correspondiente, a fin de confirmar o descartar el mismo y en su caso, determinar las medidas correspondientes.
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