Sujetos obligados a responder preguntas de la ciudadanía sobre la aplicación de medidas de Covid-19

El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH)

El Instituto recordó que ante las medidas que son implementadas para evitar los contagios, a partir del 24 de marzo al 5 de mayo, los plazos y términos para los requerimientos y procedimientos establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas quedaron suspendidos.


El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) recomendó a los más de 300 sujetos obligados dentro de la entidad atender a las solicitudes de acceso a la información que les sean presentadas referentes a la pandemia del Covid-19.

Los sujetos obligados que comprenden Ayuntamientos, dependencias estatales, sindicatos, universidades, partidos políticos, empresas, fideicomisos  y demás  tendrán la obligación de seguir en atención a estas solicitudes, en específico, al ser cuestionadas sobre las acciones que se implementan al interior de sus instalaciones por la pandemia.

El Instituto recordó que ante las medidas que son implementadas para evitar los contagios, a partir del 24 de marzo al 5 de mayo, los plazos y términos para los requerimientos y procedimientos establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas quedaron suspendidos.

“Derivado del contexto originado por la contingencia sanitaria denominada COVID-19, los sujetos obligados deben difundir información útil, clara, veraz, oportuna, de calidad, accesible, verificable y completa para la población, tanto en sus portales de transparencia, como en la Plataforma Nacional, así como cualquier otro medio que resulte eficaz para llegar a la población con dificultades de uso y acceso a las tecnologías de la información” externó el Instituto.

El Instituto remarcó que estas acciones tienen el objetivo de dar a conocer las acciones y estrategias tomadas por cada uno, para la prevención y el combate de esta pandemia, para que la sociedad tome las medidas y acciones  que resulten más convenientes para preservar su salud, integridad y datos personales, ante esta contingencia.

La autoridad reiteró que en materia de Protección de Datos Personales, los datos relacionados con el estado de salud, son considerados datos personales sensibles, siendo obligación de todas las instituciones públicas establecer las medidas de seguridad necesarias para la protección de los mismos.

En ese sentido, se hace indispensable la puesta a disposición del aviso de privacidad respectivo, mismo que deberá establecer las finalidades para las cuales fueron recabados y tratados los datos personales, así como los casos en los que se realizarán transferencia de éstos.

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