FONATUR no ha sido notificado sobre el amparo de suspensión del Tren Maya

Todos los estados consultados mostraron su conformidad con participar en este proceso. Cortesía: Tren Maya.

* El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas, fue la instancia a la que acudieron las comunidades indígenas choles que se ampararon frente a diversos actos administrativos del ejecutivo federal.


Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. y habitantes Ch´ol de los municipios de Ocosingo, Palenque y Salto de Agua interpusieron un recurso legal ante un juez federal que ordena a toda autoridad abstenerse de realizar actos a la ejecución del proyecto denominado “Tren Maya”.

Los miembros del Pueblo Maya Ch´ol asentadas en los municipios de Palenque, Ocosingo y Salto del Agua, presentaron el día 7 de mayo, una demanda de amparo en contra de actos del Presidente de la República, del Secretario de Salud Federal y del Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR).

Con relación a lo anterior, FONATUR emitió un comunicado el pasado 8 de mayo, sobre la supuesta suspensión provisional otorgada en contra del Tramo 1 del proyecto Tren Maya, en donde aclara que no ha sido notificado de manera oficial de ningún amparo por la autoridad judicial por lo que, en caso de existir dicha suspensión provisional, este no tiene efecto alguno.

FONATUR aclara que, en caso de notificación, no considera procedente dicha suspensión provisional, ya que se trata de una vía de comunicación ferroviaria en la actualidad se encuentra en operación y cuyos trabajos de obra son de mantenimiento

Asimismo, añade que se llevarán a cabo con estricto apego a los protocolos sanitarios de medidas de protección en obras elaborados por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y notificando a las autoridades de salud, con el propósito de beneficiar a los habitantes del sureste.

OPS/OMS y UNOPS ante la emergencia del COVID-19, recomiendan implementar medidas de prevención en sitios de obras, entre los lineamientos generales se encuentra:

“El contratista designará un punto focal para implementar y monitorear las medidas de prevención, restringir la entrada a toda visita durante la epidemia, hasta nueva instrucción, si alguna persona o trabajador se siente mal, debe quedarse en casa, realizar charlas al menos al inicio del día para tratar temas del COVID-19, tomar la temperatura de todo el personal y asegurar que se laven las manos antes de permitir el ingreso a la obra y las oficinas de proyecto. Al llegar y permanecer en el sitio de obra corresponderá observar las siguientes directivas preventivas…”

Sin comentarios aún.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Comparta su opinión. Su correo no será público y será protegido deacuerdo a nuestras políticas de privacidad.