Chiapas y el derecho a la libre determinación de sus pueblos indígenas
De Daniel Alejandro Aguilar Ochoa. La diversidad cultural y étnica de nuestro país, obliga a garantizar en el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la composición pluricultural de la nación mexicana, sustentada originalmente en los pueblos indígenas. Nuestra Constitución Política, reconoce y garantiza el derecho de los pueblos originarios a la libre determinación, y, autonomía para decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.