Muerte de haitiano y ghanés en la Estación Migratoria “Siglo XXI” en 2019 deriva recomendación

Una madre haitiana sostiene a su hija mientras hace fila afuera de la Estación Migratoria Siglo XXI. Foto de Ángeles Mariscal/Chiapas Paralelo

*La CNDH examinó las evidencias del expediente número CNDH/5/2019/6941/Q y su acumulado CNDH/5/2019/10371/Q, relacionados a violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, integridad y seguridad personal, agravio de dos personas en contexto de migración, en la estación migratoria del INM en Tapachula.


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) envió la Recomendación 33/2021 a Francisco Garduño Yáñez, titular del Instituto Nacional de Migración (INM) y a Olaf Gómez Hernández, fiscal General del Estado de Chiapas (FGE), por la muerte de dos personas migrantes de nacionalidad haitiana y ghanesa.

Añadió que, dichas personas estaban alojadas en las instalaciones de la Estación Migratoria “Siglo XXI”, bajo custodia y responsabilidad de personal del INM, tenían la obligación de proporcionarles atención médica y psicológica en forma oportuna y adecuada, algo que no ocurrió.

Tras una investigación, la Comisión Nacional contó con elementos que evidenciaron violaciones a los derechos humanos, a la protección a la salud, integridad y seguridad personal, a la vida, acceso a la justicia y la verdad, en agravio de las víctimas.

Por el fallecimiento de estas personas, la CNDH inició las respectivas carpetas de investigación en la FGE, donde el perito legista, debido a omisiones y una necropsia mal realizada, reportó de manera errónea la causa de los decesos, generó que no se contara con elementos técnicos-científicos para confirmar las causas de muerte.

Caso: migrante haitiano

El Organismo Nacional señaló que, el pasado 26 de julio de 2019, la victima de nacionalidad haitiana fue asegurado por personal del INM, esto en el punto de revisión migratoria ubicado en la Subdelegación Local del Instituto en Huehuetán, donde no se acreditó su regular internación y estancia en México.

Por ello, fue puesto a disposición del titular de la Subdelegación Local citada, quien dio inicio al Procedimiento Administrativo Migratorio con la finalidad de resolver su situación migratoria.

Ese mismo día, la autoridad acordó y ejecutó el traslado de la víctima a la Estación Migratoria, donde determinó su presentación y dio inicio al Procedimiento Administrativo Migratorio

Para el 01 de agosto de ese mismo año, exponen que la víctima deambulaba desnudo en la sección de hombres de la Estación, fue así que la autoridad determinó ubicarlo en un dormitorio individual dentro de la misma sección para “resguardar su seguridad”.

A su vez, la encargada del turno del 02 de agosto, sostuvo una entrevista con la víctima, «lo observó tranquilo», así que lo dejo en ese lugar.

Foto: Ángeles Mariscal

Según lo manifestado por el quejoso y los testimonios rendidos de 5 personas en contexto de migración, la victima manifestó dolor en tórax y sufrió un desmayo, esto días previos a su fallecimiento.

La CNDH mencionó que, el 6 de agosto, a las 7:50 horas, una servidora pública dio aviso a una médica en turno que un extranjero se encontraba desvanecido en uno de los dormitorios, por lo que, al acudir al lugar, detectó que la víctima no contaba con signos vitales.

Ante lo ocurrido, la directora de la Estación Migratoria, dio aviso del deceso a la Fiscalía de Inmigrantes de la FGE, autoridad que inició la carpeta de investigación por el delito de homicidio en contra de quien o quienes resulten responsables.

Por último, el 11 de noviembre, la FGE remitió la carpeta de investigación a la Fiscalía General de la República (FGR), siendo radicada en la Mesa de Atención y Determinación de Tapachula de la FGR, la cual fue remitida a la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes (UIDPM) y acumulada a la carpeta.

Caso: migrante ghanesa

El 16 de octubre de  2019, la Comisión Nacional indicó que personal del INM comisionado en la Volanta Tapachula presentó a una víctima de nacionalidad ghanesa a la entonces directora de la Estación, donde no acreditó su estancia regular en México.

Durante su alojamiento en dichas instalaciones, el migrante fue atendido por el servicio médico el día 31 de octubre y 01 de noviembre, se le diagnosticó cefalea primaria, infección respiratoria aguda y trastorno alimentario, fue referido al área de nutrición.

Para el 04 de noviembre de 2020, alrededor de las 10:30 horas, la víctima se desvaneció al encontrarse en el patio de recreación de la sección de hombres, por lo que fue trasladado al servicio médico con aparente evento convulsivo e inconsciente.

En la exploración, la médica en turno encontró midriasis en ambas pupilas, presencia de bradicardia y pulso débil, no detectó tensión arterial, por lo que determinó su traslado al Hospital Centro de Orientación Familiar de Tapachula A. C.

Hospital COFAT brinda atención de salud en la región del Soconusco. Cortesía: COFAS

Sin embargo, al ser presentado en dicho nosocomio no fue recibido y ya no presentaba signos vitales, ante el deceso el entonces subdirector de Operación, Seguridad y Custodia de la Estación realizó la notificación respectiva al personal de la Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos en Contra de Inmigrantes de la FGE.

La FGE acudió al lugar y dio inicio a la carpeta de investigación por el delito de homicidio, instruida en contra de quien o quienes resulten responsables.

El Organismo Nacional inició el expediente de queja CNDH/5/2019/6941/Q, al cual le fue acumulado el expediente CNDH/5/2019/10371/Q, al advertirse que los hechos son similares y se atribuyen como queja en contra de personal del INM y la FGE.

Para documentar las violaciones a derechos humanos, la CNDH solicitó información al INM, la FGE, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSyPC), así como colaboración a la FGR, cuya valoración lógico-jurídica es objeto de análisis en el capítulo de observaciones de la Recomendación.

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